Boletín nº 160 (22-08-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.841/2019

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que por resolución de Alcaldía número 2867, de fecha 7 de agosto de 2019, se ha resuelto aprobar y aplicar la figura denominada actuación administrativa automatizada en los procesos de expedición de los certificados padronales, así como en los procesos de expedición de las diligencias de exposición de los edictos o anuncios publicados en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de La Carlota, cuyo tenor literal de su parte dispositiva a continuación se transcribe:

«Resolución número 2867/2019

PRIMERO. Aprobar y aplicar la figura denominada actuación administrativa automatizada en los procesos de expedición de los certificados padronales, conforme a las disposiciones desarrolladas anteriormente, en los siguientes términos:

a) Todo lo relacionado con los aspectos técnicos, es decir, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad dependerá del Ayuntamiento de La Carlota.

b) Los certificados del padrón de habitantes se considerarán emitidos a todos los efectos por el área de Secretaría de este ayuntamiento, siendo susceptible de impugnación ante el alcalde u órgano municipal en que este delegue.

c) Los certificados del padrón de habitantes incorporarán un certificado de sello de órgano del Ayuntamiento La Carlota por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (CERES), así como un código de verificación para que pueda comprobarse su autenticidad e integridad accediendo a la sede electrónica municipal.

SEGUNDO. Aprobar y aplicar la figura denominada actuación administrativa automatizada en los procesos de expedición de las diligencias de exposición de los edictos o anuncios publicados en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de La Carlota, conforme a las disposiciones desarrolladas anteriormente, en los siguientes términos:

a) Todo lo relacionado con los aspectos técnicos, es decir, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad dependerá del Ayuntamiento de La Carlota.

b) Las diligencias de exposición de los edictos o anuncios publicados en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de La Carlota se considerarán emitidos a todos los efectos por el área de Secretaría de este ayuntamiento.

c) Las diligencias de exposición de los edictos o anuncios publicados en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de La Carlota, incorporarán un certificado de sello de órgano del Ayuntamiento La Carlota por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (CERES), así como un código de verificación para que pueda comprobarse su autenticidad e integridad accediendo a la sede electrónica municipal.

TERCERO. El sello de órgano del Ayuntamiento de La Carlota es el siguiente:

a. La responsabilidad de su utilización corresponderá al órgano mencionado, cuyo titular es un funcionario de administración local con habilitación de carácter estatal.

b. Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado son:

1. Código único de identificación (Número de serie):

3c 13 73 f3 5c fa 2a 46 59 4a 7a 9a 7a 4a 13 b0

2. Prestador de servicios de certificación que emite el certificado:

C=ES.

O=CERES.

OU=FNMT-RCM.

CN=AC Administración Pública.

SERIAL NUMBER: Q2826004T.

3. Identificación del sello electrónico:

C = ES.

L = LA CARLOTA.

O = AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA.

OU = sello electrónico.

SERIALNUMBER = P1401700-H.

CN = SELLO CARLOTA.

4. Comienzo y fin del periodo de validez del certificado:

miércoles, 21 de junio de 2017 15:50:18 al domingo, 21 de junio de 2020 15:50:18.

5. Límites de uso del certificado:

Firma digital,

Sin repudio,

Cifrado de clave,

Cifrado de datos (f0)

6. Huella digital del certificado (Huella digital SHA1):

99 c3 d3 f8 63 49 eb ed fb 80 b8 f1 4b 03 e6 c9 6d 31 aa 6d

c. La verificación de la autenticidad del documento se realizará a través de la sede electrónica municipal.

CUARTO. Publicar esta resolución a efectos de su conocimiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Anuncios electrónicos por 20 días hábiles y publicarla permanentemente en el Portal de Transparencia de la sede electrónica.

QUINTO. Dar traslado de la presente resolución al Negociado Municipal de Estadística, así como al resto de Negociados del Ayuntamiento, para su conocimiento y a efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en La Carlota (Córdoba).

Por la Secretaría se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (Artículo 3.2 RD 128/2018, 16 marzo).

El Alcalde, Fdo. Antonio Granados Miranda. La Secretaria General, Fdo. Isabel Mª García Jaime. Firmado Electrónicamente.»

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

La Carlota, 7 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

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