Boletín nº 165 (29-08-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 2.973/2019
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 16 de julio de 2019, se adoptaron los acuerdos que a continuación se detallan de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2019.
Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 23 de julio de 2019 y 12 de agosto de 2019, ambos inclusive; no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en los artículos 177.2 y 179.4 en relación con el 169 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, los siguientes:
ACUERDO nº 144/19.
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019, mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 1.144.478,55 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
Z E12 2319 22706 0 |
Servicio ayuda a domicilio concertado (2019/3/CONCE/231) |
1.144.478,55 € |
TOTAL |
1.144.478,55 € |
RECURSOS:
Bajas en las aplicaciones siguientes:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2011/2/DEPEN/233) |
62.499,53 € |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2013/2/DEPEN/233) |
112.035,25 € |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2015/2/DEPE1/231) |
363.739,22 € |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2015/2/DEPE2/231) |
587.373,59 € |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2016/3/DEPE1/231) |
11.791,23 € |
Z E15 2319 22799 0 |
Servicio ayuda a domicilio (2016/3/DEPE2/231) |
7.039,73 € |
TOTAL |
1.144.478,55 € |
SEGUNDO: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
ACUERDO nº 145/19.
PRIMERA: Que la modificación de crédito que se propone consiste en un Suplemento de Crédito financiado con Remanente de Tesorería General puesto de manifiesto en la Liquidación del Ejercicio 2018.
No obstante, en el presente supuesto debe atenderse y coordinarse la correspondiente normativa general con lo establecido en el Real Decreto Ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorrogan para 2018 el destino del superávit de las Corporaciones Locales para Inversiones Financieramente Sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas y la Disposición Adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De las IFS que se aprobaron a lo largo de 2017 y cuyos Remanentes se incorporaron al Presupuesto de 2018, a 31 de diciembre no llegaron a fase de Reconocimiento de Obligaciones los siguientes:
Proyecto |
Créditos Disponibles |
Saldo RC |
Saldo A |
Saldos AD/D |
Obligac. Reconocidas |
2017/2/IFS1/153 |
29.495,40 € |
- € |
- € |
- € |
84.386,44 € |
2017/2/IFS2/153 |
23.755,24 € |
- € |
- € |
- € |
73.034,17 € |
2017/2/IFS3/153 |
13.356,75 € |
- € |
- € |
- € |
47.135,02 € |
2017/2/IFS4/933 |
- € |
- € |
|
14.240,00 € |
42.936,85 € |
2017/2/IFS5/171 |
14.018,23 € |
- € |
|
10.879,70 € |
299.200,57 € |
2017/2/IFS6/153 |
55.621,20 € |
- € |
- € |
2,20 € |
445.017,44 € |
2017/2/IFSGU/933 |
- € |
- € |
- € |
13.801,16 € |
58.009,30 € |
TOTAL |
136.246,82 € |
- € |
- € |
38.923,06 € |
1.049.719,79 € |
CANTIDADES AMORTIZAR |
175.169,88 € |
|
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|
En consecuencia, por imperativo legal deben amortizarse 175.169,88 €.
De otra parte, de las IFS aprobadas a lo largo del ejercicio 2018 (Financiadas con Remanente de Tesorería de 2017) no han llegado a 31 de diciembre de 2018 a contabilizarse la Fase de Autorización del Gasto en las siguientes:
2018
PROYECTOS |
DENOMINACIÓN |
Saldo de RC y Crédito Disponible |
2018 2 IFSA1 162 |
SADECO. Adquisición Buldozer. |
26.082,00 € |
2018 2 IIFSA2 161 |
SADECO. Vehículos Recogida Basura |
26.283,00 € |
2018 2 IFSED 323 |
IFS Educación |
933.889,64 € |
2018 2 IFUI1 153 |
IFS Infraestructuras. Polígono Chinales |
1,69 € |
2018 2 IFUI2 153 |
Vía Pública. IFS Calle Zafiro. Polígono Granadal |
0,13 € |
2018 2 IFUI3 153 |
IFS Remodelación Polígono Industrial de Las Quemadas |
21,80 € |
|
Cantidad a amortizar |
986.278,26 € |
Igualmente, por mandato legal debe amortizarse la cantidad de 986.278,26 €.
Las anteriores cantidades hacen un montante total de 1.161.448,14 €.
SEGUNDA. Que al objeto de dar cumplimiento al artículo 32 de la LOEPySF y normativa concordante, así como a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, Artículo 28. Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria.
Constituyen infracciones muy graves las siguientes conductas cuando sean culpables:
f) El incumplimiento de la obligación de destinar íntegramente los ingresos obtenidos por encima de los previstos en el presupuesto a la reducción del nivel de deuda pública de conformidad con lo previsto en el artículo 12.5 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el incumplimiento de la obligación del destino del superávit presupuestario a la reducción del nivel de endeudamiento neto en los términos previstos en el artículo 32 y la disposición adicional sexta de la citada Ley.
TERCERA. Que el Remanente de Tesorería General puesto de manifiesto en la Liquidación del Ejercicio 2018 asciende a 46.579.322,61 €. Del mismo ya se han utilizado 15.709.195,06 € al objeto de incorporar las IFS aprobadas en 2018 e incorporables con arreglo a la Ley.
CUARTA. Que se ha solicitado información al OGEF sobre la Operación que se considere por dicho Órgano procede amortizar.
QUINTA. Que la aplicación presupuestaria Z DP0 011091345 0 tiene dotación presupuestaria, pero debe suplementarse para dar destino al superávit presupuestario en los términos señalados en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
SEXTA. Que el recurso que financia la modificación que se propone está constituido por el Remanente de Tesorería General puesto de manifiesto en la Liquidación del Ejercicio 2018.
SÉPTIMA. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, la aprobación del presente expediente corresponde al Pleno, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que el Presupuesto, debiendo ser ejecutivo dentro del mismo ejercicio en que se autorice, y considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
ACUERDO nº 146/19.
PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 60.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
C.T. |
Org. |
Pro. |
Eco. |
PAM |
DESCRIPCIÓN |
PROYECTO |
IMPORTE |
Z |
B21 |
1501 |
41000 |
0 |
Implementación electrónica en procedimientos de licencias urbanísticas y autorizaciones |
2019/2/23302/150 |
50.000,00 € |
Z |
B21 |
1501 |
71000 |
0 |
Implementación electrónica en procedimientos de licencias urbanísticas y autorizaciones |
2019/2/23302/150 |
10.000,00 € |
TOTAL: |
60.000,00 € |
RECURSOS:
Org. |
Pro. |
Eco. |
PROYECTO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
A13 |
9203 |
22799 |
2018/3/EDUSC/920 |
Presidencia. EDUSI. Gastos Corrientes |
40.000,00 € (Fondos FEDER) |
A13 |
9203 |
62700 |
2018/3/ EDUSC/920 |
Presidencia. EDUSI. Gastos Complejos |
8.000,00 € (Fondos FEDER) |
A13 |
9203 |
22799 |
Presidencia. EDUSI Otros Trabajos Empresas y P. |
10.000,00 € (Presupuesto 2019) |
|
H00 |
9200 |
62700 |
2017/2/HCNDA/192 |
Hacienda. PROGARMA EDUSI. Proyectos Complejos |
2.000,00 € (Préstamo Ayto.) |
Total |
60.000,00 € |
SEGUNDO: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
ACUERDO nº 147/19
PRIMERO: Aprobar una transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes al mismo Área de Gasto, pero que afectan al Anexo de Inversiones financiado con Gasto Corriente de acuerdo con el siguiente detalle:
Transferencias Negativas:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe(€) |
Z B23 3340 710 00 0 |
Transferencias de Capital al Insti. Artes Escénicas. Gran Teatro de Córdoba |
250.000 € |
Total Transferencias Negativas |
250.000 € |
Transferencias Positivas:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe(€) |
Z B23 3340 41300 0 |
Instituto Municipal de Artes Escénicas Gran Teatro. Transferencias Corrientes |
250.000 € |
Total Transferencias Positivas |
250.000 € |
SEGUNDO: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del RD Legislativo 2/2004 y 42 del RD 500/90.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba, 26 de agosto de 2019. Firma electrónica de Don Salvador Fuentes Lopera, Teniente de Alcalde de Hacienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio y Vivienda (Decreto de Delegaciones Núm. 5210/19 de 18 de junio).
VºBº Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Don Valeriano Lavela Pérez.