Boletín nº 166 (30-08-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 2.981/2019
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 12 de julio de 2019, sobre el expediente de modificación de créditos nº 06/2019 y referencia GEX 2782/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales cuyo detalle no ha sufrido variación y es el que figura en el anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 137, de 19 de julio de 2019.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En la Villa de Iznájar, a 27 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.