Boletín nº 169 (04-09-2019)
IV. Junta de Andalucia
Secretaría General
Provincial de Hacienda, Industria y Energía de la Junta de
Andalucía
Delegación del Gobierno en Córdoba
Nº. 2.450/2019
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÓRDOBA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. EXPEDIENTE AT 510/59.
ANTECEDENTES
PRIMERO: Con fecha 26 de octubre de 2018, Javier Arto Bintaned, en nombre y representación de ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA SL (unipersonal), con domicilio a efectos de notificación en Avenida de la Borbolla nº 5, 41004 en Sevilla, solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la instalación eléctrica de media tensión recogida en el proyecto, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, denominado Proyecto de Nuevo Parque 132/66 kV en el termino municipal de Hornachuelos, modificando el expediente AT 510/59.
SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley del Sector Eléctrico.
TERCERO: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 244 de fecha 21 de diciembre de 2018. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se publicó el proyecto de la actuación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.
CUARTO: Por el Departamento de Energía del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación ha sido emitido informe favorable sobre la solicitud de autorización presentada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO: Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el Real Decreto 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 6/2019, Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, PROPONE:
Conceder Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación solicitada por ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA SL, para la construcción de las instalaciones incluidas en el proyecto denominado Proyecto de Nuevo Parque 132/66 kV en el termino municipal de Hornachuelos, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente y cuyas principales características son:
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
PARQUE 132 kV:
Tipo: Exterior convencional. Híbrida blindada aislada en SF6.
Esquema: Simple Barra.
Alcance:
-Dos posiciones para salida de línea con las siguientes características:
1 módulo híbrido de salida de línea, formada por:
1 Seccionador de barra con p.a.t. con accionamiento tripolar eléctrico.
1 interruptor automático tripolar con accionamiento eléctrico tripolar.
1 Seccionador de línea con p.a.t. con accionamiento tripolar eléctrico.
12 transformadores de intensidad toroidales.
6 atravesadores tipo SF6-aire para la conexión a línea aérea y a barras.
3 transformadores de tensión capacitivos.
3 parrarayos autovalvula.
-Una posición para trafo, estará formado por:
1 seccionador de barra con p.a.t. con accionamiento tripolar eléctrico.
1 interruptor tripolar automático con accionamiento eléctrico tripolar.
12 transformadores de intensidad toroidales.
3 atravesadores tipo SF6-aire para conexión a transformador.
3 atravesadores tipo SF6-aire para conexión a barras.
-Una posición de medida de barras, formado por:
1 transformador de tensión inductivo.
PARQUE 66 kV:
Tipo: Exterior convencional. Híbrida blindada aislada en SF6.
Esquema: Simple Barra
Alcance:
-Dos posiciones de línea, formadas por:
1 seccionador tripolar sin puesta a tierra.
1 interruptor automático tripolar.
3 transformadores de intensidad.
1 seccionador tripolar con puesta a tierra.
3 transformadores de tensión capacitivos.
3 pararrayos autovalvula.
-Tres posiciones de primario del transformador de potencia, formadas por:
1 seccionador tripolar sin puesta a tierra
1 interruptor automático tripolar.
3 transformadores de intensidad.
-Una posición de medida de barras, formado por:
1 transformador de tensión inductivo.
POSICIÓN TRANSFORMADOR:
Tipo: Exterior
Alcance:
-Una posición de transformación 132/66 kV, 80 MVA, contando con el siguiente equipamiento:
1 transformador de potencia de 80 MVA 132/66 kV, con regulación en carga.
3 pararrayos autovalvulas unipolares 145 kV, 40 kA.
3 pararrayos autovalvulas 72,5 kV, 40 kA.
El titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:
1. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
3. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente Resolución.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente, el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.
5. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.
7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Fdo. Manuel Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, ESTA DELEGACIÓN RESUELVE ELEVARLA A DEFINITIVA:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía e