Boletín nº 180 (20-09-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.207/2019

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio de 2019, se adoptaron los acuerdos que a continuación se detallan de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2019.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 1 de agosto de 2019 y 22 de agosto de 2019, ambos inclusive; no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 179.4 en relación con el 169 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, el siguiente:

ACUERDO nº 183/19:

Primero: Aprobar una transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distinta Área de Gasto de acuerdo con el siguiente detalle:

Transferencias Negativas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

0 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

1 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

2 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

3 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

4 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

5 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

15.000 €

6 F10 1532 22799 0

Vía Pública. O. Trabajos realizados Emp. Y P.

10.000 €

Total Transferencias Negativas

100.000 €

Transferencias Positivas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z F20 3230 21200 0

Mto. Colegios. Reparación y Conservación

100.000 €

Total Transferencias Positivas

100.000 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del RD Legislativo 2/2004 y 42 del RD 500/90.

ACUERDO nº 186/19:

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 125.000 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z E70 2316 48915 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO FUND. BANGASSOU

30.000 €

Z E70 2316 48916 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO COMPASSION ESPAÑA

15.000 €

Z E70 2316 48917 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO PROYDE (PROM. Y DES.)

15.000 €

Z E70 2316 48918 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO EL MAT

12.000 €

Z E70 2314 48007 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO COM. DE ADORATRICES CÓRDOBA

15.000 €

Z E70 2314 48008 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO EMET FUND. ARCO IRIS

15.000 €

Z E70 2314 48009 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO APERFOSA

8.000 €

Z E70 2314 48010 0

COOP. Y SOLID. CONV. CONVENIO MUJERES EN ZONA DE CONFLICTO

15.000 €

Total Transferencias Negativas

125.000 €

RECURSOS:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z E70 2317 22706 0

COOP. Y SOLID. ESTUDIOS Y TRAB. TÉCNICOS

92.000 €

Z E70 2314 48001 0

COOP. Y SOLID. COLAB. ACC. HUMANITARIA

2.000 €

Z E70 2316 48910 0

COOP. Y SOLID. COLABOR. COOPERACIÓN

10.000 €

Z E70 2317 48910 0

COOP. Y SOLID. COLAB. EDUC. PARA EL DESARROLLO

8.000 €

Z E70 2316 48914 0

COOP. Y SOLID. CONV. FAMSI. COOP. DIR. MNCPAL.

13.000 €

Total Transferencias Negativas

125.000 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

ACUERDO nº 187/19:

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 28.520,00 euros en la aplicación que a continuación se detalla:

EMPLEOS:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

Z A13 2312 48902 0

PRESIDENCIA. CONVENIO AECC. EJECUCIÓN 2018

28.520,00 euros

TOTAL

28.520,00 euros

RECURSOS:

CONCEPTO

IMPORTE

BAJA EN LA APLICACIÓN Z A13 9121 22799 0

28.520,00 euros

TOTAL

28,520,00 euros

SEGUNDO: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

ACUERDO nº 188/19 (rectificado por Acuerdo Nº 206/19, de 17 de septiembre):

ASUNTO: APLICACIÓN DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA LOEPYSF. PRIMER DESTINO DEL SUPERÁVIT PRESUPUESTARIO. CUENTAS 413 Y 515.

Visto el Informe emitido por la Titular del Órgano de Planificación Económico Presupuestaria sobre el asunto de referencia.

Atendiendo a la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. (Ley 2/2012, de 27 de abril).

De conformidad con el Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo, por el que se prorroga para 2019 el destino del superávit de comunidades autónomas y de las entidades locales para inversiones financieramente sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades locales con habilitación de carácter nacional.

Acreditado el cumplimiento de la Regla fiscal relativa al cumplimiento de los límites del Período Medio de Pago a Proveedores; cumpliéndose los límites para el Concierto de Operaciones de Crédito en los términos de la Ley de Haciendas Locales se dé cumplimiento al primero de los destinos del Remanente de Tesorería autorizando los siguientes usos:

AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA: suplemento de las siguientes aplicaciones por los importes que se indican y financiados con su Remanente de Tesorería General (Expediente 1SC190730H00 SUPERÁVIT).

Z A13 9121 22799 0

9.444,66 €

Z B70 4911 22706 0

1.217,07 €

Z C30 4320 22602 0

2.946,35 €

Z E61 3110 22706 0

9.255,48 €

Z E61 9440 46600 0

13.165,50 €

Z F10 1532 61900 0

2.993,12 €

Z F20 3230 21200 0

2.713,03 €

Z F20 3230 22102 0

2.649,28 €

Z F20 9200 22102 0

26.759,32 €

Z F20 9200 22102 0

3.363,17 €

Z F20 9200 22102 0

86.689,50 €

Z F20 9200 22102 0

14.456,18 €

TOTAL:

175.652,66 €

INGEMA: Dotación Crédito Extraordinario por el montante de 86.310,64 € financiado con su Remanente de Tesorería General.

Aplicación: 04 170 400 00 Transferencia Corriente Administración General Ayuntamiento.

IMDECO: Suplemento de las siguientes aplicaciones presupuestarias por los importes que se indican:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA GASTOS

TOTALES

00 34122 20200

1.051,00

00 34020 20300

1.888,27

00 34210 20300

4.715,11

00 34220 20300

2.625,60

00 34220 20900

3.333,90

00 34241 20300

1.541,00

01 34226 20300

171,00

01 34226 20900

3.293,08

02 34226 20300

170,00

00 34210 21200

2.750,21

00 34220 21200

145,20

00 34210 21300

29.150,16

00 34219 21300

796,11

00 34220 21300

1.040,60

01 34213 21300

1.309,22

01 34226 21300

2.490,91

00 34020 21600

673,49

01 34226 21600

519,00

02 34213 21300

4.366,58

02 34226 21600

517,00

00 34219 21700

682,56

00 34020 22100

2.827,08

00 34020 22101

6.444,59

00 34020 22110

191,99

00 34020 22200

3.392,81

00 34210 22100

9.574,70

00 34210 22101

2.184,79

00 34210 22107

3.642,10

00 34210 22111

25,59

00 34219 22100

552,96

00 34219 22101

172,94

00 34220 22100

8.570,92

00 34220 22101

1.159,06

00 34220 22103

214,39

00 34220 22107

1.340,73

00 34220 22111

196,63

01 34213 22100

89.822,73

01 34213 22101

45.451,20

01 34213 22102

39.244,92

01 34213 22110

2.496,21

01 34226 22199

130,68

02 34213 22100

10.374,92

02 34213 22101

5.751,98

02 34213 22110

163,42

02 34213 22111

548,75

00 34020 22000

355,38

00 34020 22799

2.201,38

00 34121 22799

3.201,66

00 34123 22799

3.587,11

00 34125 22300

921,80

00 34127 22799

240,00

00 34129 22799

3.663,56

00 34210 22799

4.847,96

00 34219 22799

1.292,28

00 34220 22000

2.077,42

00 34220 22700

849,42

00 34220 22799

97.537,54

01 34213 22701

1.310,25

01 34213 22799

1.293,88

01 34226 22000

796,12

01 34226 22704

26,37

01 34226 22799

23.162,75

02 34226 22704

26,89

02 34226 22799

4.815,00

02 34213 22799

323,07

00 34220 633

7.002,27

00 34220 632

29.306,29

TOTAL

486.544,49

IMTUR: Dotación Crédito Extraordinario por el montante de 286.811,34 € financiado con su Remanente de Tesorería General.

Aplicación: 4320 46200 Transferencia Corriente Administración General Ayuntamiento.

Que, aprobadas las señaladas Modificaciones de Crédito, tanto el Ayuntamiento como los Organismos tramiten los Expedientes que procedan.

Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

ACUERDO nº 189/19 (rectificado por Acuerdo Nº 200/19, de 17 de septiembre):

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 66.000 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

Z E50 3371 48901 0

CONVENIO PROYECTO HOMBRE CÓRDOBA

16.500,00 €

Z E50 3371 48902 0

CONVENIO FUNDACIÓN MARCELINO CHAMPAGNAT

13.500,00 €

Z E50 3371 48903 0

CONVENIO FUNDACIÓN EXTRELLA AZAHARA

13.500,00 €

Z E50 3371 48904 0

CONVENIO CLUB DEBATE CDU

4.500,00 €

Z E50 3371 48905 0

CONVENIO SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL

13.500,00 €

Z E50 3371 48906 0

CONVENIO ESCUELA DEPORTIVA RAFAEL LOZANO

4.500,00 €

RECURSOS:

Z E50 3371 60900 por importe de 60.000 €.

Z E50 3372 22606 0 POR IMPORTE DE 6.000 €.

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del RD 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba, 18 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Teniente de Alcalde de Hacienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio y Vivienda (Decreto de Delegaciones Núm. 5210/19 de 18 de junio), don Salvador Fuentes Lopera. VºBº Firmado electrónicamente por el Secretario General del Pleno, don Valeriano Lavela Pérez.

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