Boletín nº 182 (24-09-2019)

IV. Junta de Andalucia

Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Córdoba

Nº. 3.131/2019

Convenio o Acuerdo: Convenio Colectivo del Personal de la Mancomunidad de Municipios de la Subbética

Expediente: 14/01/0154/2019

Fecha: 03/07/2019

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Catalina Molina Rodríguez

Código 14103622012019

Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito por la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA SUBBÉTICA" y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 3 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ, Ángel Herrador Leiva.

CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA SUBBÉTICA

INDICE

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Base Jurídica.

Artículo 2. Ámbito Personal.

Artículo 3. Ámbito Funcional y Territorial.

Artículo 4. Ámbito Temporal, Denuncia y Prórroga.

Artículo 5. Derecho Supletorio y Condiciones más beneficiosas.

Artículo 6. Incremento y Revisión Salarial.

Artículo 7. Comisión Paritaria Mixta de Control, Vigilancia e Interpretación.

CAPÍTULO II: RELACIONES DE TRABAJO.

Artículo 8. Modalidad de Contratación.

Artículo 9. Periodo de Prueba.

Artículo 10. Desaparición de Subvenciones.

CAPÍTULO III: JORNADA, HORARIOS, VACACIONES Y FESTIVOS.

Artículo 11. Jornada Laboral.

Artículo 12. Jornada Reducida y Lactancia.

Artículo 13. Sábados, Domingos, Festivos y Horas Extraordinarias.

Artículo 14. Vacaciones.

CAPÍTULO IV: CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL.

Artículo 15. Permisos y Licencias Retribuidas.

Artículo 16. Licencias no Retribuidas.

Artículo 17. Cese y Despido Disciplinario.

Artículo 18. Acoso Sexual en el Trabajo.

CAPÍTULO V: CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y SELECCIÓN DE PERSONAL.

Artículo 19. Clasificación Profesional.

Artículo 20. Consolidación del Grado Personal.

Artículo 21. Relación de Puestos de Trabajo.

Artículo 22. Categorías Profesionales.

Artículo 23. Publicación de las Modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo y Catálogo de Funciones.

Artículo 24. Organización y Racionalización del Trabajo.

Artículo 25. Movilidad Funcional.

Artículo 26. Trabajo de distinta Categoría y Formación Profesional de Empresa y Plan de Carrera.

Artículo 27. Provisión de Puestos de Trabajo y Selección de Personal.

CAPÍTULO VI: CONDICIONES ECONÓMICAS.

Artículo 28. Normas Generales y Comunes del Régimen de Retribución, Negociación y aplicación de Retribuciones.

Artículo 29. Conceptos Retributivos.

Artículo 30. Estructura Retributiva.

Artículo 31. Indemnización para razón del Servicio.

CAPÍTULO VII: DERECHOS SINDICALES.

Artículo 32. Representación Legal.

Artículo 33. De las Secciones Sindicales.

Artículo 34. Representación de los/las Trabajadores/as.

Artículo 35. Garantías Sindicales.

Artículo 36. Horas Sindicales.

Artículo 37. Funciones.

Artículo 38. Competencias.

Artículo 39. Derecho de Reunión.

Artículo 40. Servicios Mínimos en caso de Conflicto Laboral.

Artículo 41. Disposiciones Generales.

Artículo 42. Acuerdos en Materia de Personal.

CAPÍTULO VIII: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Artículo 43. Deberes en Materia de Seguridad e Higiene.

Artículo 44. Detección de Riesgos.

Artículo 45. Derechos, Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa y los/las Trabajadores/as.

Artículo 46. Revisión Médica (chequeo).

Artículo 47. Cursos de Seguridad y Salud.

CAPÍTULO IX: MEJORAS SOCIALES.

Artículo 48. Enfermedad o Accidente.

Artículo 49. Prestaciones Sociales por Muerte o Invalidez Permanente, total o absoluta derivada de Accidentes.

Artículo 50. Seguro de Responsabilidad Civil.

Artículo 51. Prestaciones Médico-Farmacéuticas.

Artículo 52. Otras Mejoras.

Artículo 53. Anticipos Reintegrables.

Artículo 54. Ayudas a Estudios.

CAPÍTULO X: RÉGIMEN DISCIPLINARIO.

Artículo 55. Régimen Disciplinario.

Artículo 56. Procedimiento Sancionador.

Artículo 57. Planes de Igualdad.

Artículo 58. Protocolo para la Prevención de la Violencia de Género, Acoso Sexual, Acoso por razón de Sexo y Acoso Moral.

ANEXOS

Anexo I. Tabla de Retribuciones Salariales para 2019.

Anexo II. Relación de Puestos de Trabajo 2019.

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1. Base jurídica

El presente Convenio colectivo tiene su base jurídica en el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (BOE 24/10/2015), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras, en la Ley 5/2015 del 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público así como en cuantas normas se dicten en desarrollo de las anteriormente referenciadas, como en el ámbito de la administración General del Estado, como en la Comunidad Autónoma Andaluza y la Administración Local.

Artículo 2. Ámbito personal

El presente convenio colectivo afecta a todo el personal contratado en régimen de derecho laboral de la Mancomunidad de municipios de la Subbética, independientemente de la modalidad de contratación.

Quedan excluidos del ámbito de actuación del presente convenio colectivo los siguientes:

a) Sólo en el Capítulo de Condiciones Económicas, aquel personal contratado por subvenciones finalistas o convenios con otras administraciones, en las que venga inequívocamente especificado su remuneración económica.

b) Profesionales contratados para trabajos específicos cuya relación se derive de la aceptación de minuta o presupuesto y no tengan el carácter de contratado laboral y por tanto no sujeto al horario.

c) El personal que preste sus servicios, en empresas públicas o privadas, aún cuando las mismas tengan suscrito contrato de obras, suministros, consultorías, asistencia o servicios con la Mancomunidad de acuerdo con la ley de contrato con las administraciones públicas.

d) El personal que se encuentre realizando prácticas laborales como complemento de su formación reglada y en virtud de convenios de colaboración entre la Mancomunidad y Centro de Enseñanza y/o Universidades.

Artículo 3. Ámbito Funcional y Territorial

El presente convenio colectivo regula las relaciones laborales, condiciones de trabajo, sociales, profesionales, sindicales, económicas y de cualquier otra naturaleza en todos los centros, lugares de trabajo y tajos de obra depend

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad