Boletín nº 182 (24-09-2019)
VIII. Otras Entidades
Fundación
Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba
Nº. 3.263/2019
Fundación de Artes Plásticas Rafael Botí (Encomendada la Gestión al Departamento de Cultura de la Diputación Provincial de Córdoba) APOYO A LA CREACIÓN 2019.
BDNS (Identif.) 473522
Extracto del Decreto de fecha 24 de mayo de 2019 de la Presidenta de la Fundación Botí, por el que se aprueba la Convocatoria de subvenciones para apoyo a la creación y perfeccionamiento en el ámbito de las Artes Plásticas, durante el año 2019.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Las personas físicas (individualmente o en grupo que demuestren documentalmente la residencia mediante empadronamiento o permiso de residencia de todas ellas dentro de Córdoba y su provincia), gestores culturales, asociaciones y entidades culturales privadas dotadas de personalidad jurídica que estén legalmente constituidas.
Segundo. Finalidad.
La financiación de aquellos proyectos, actividades y/o actuaciones que tengan como fin la cualificación artística y técnica, el perfeccionamiento en la formación, la producción de trabajos creativos, de los solicitantes que concurran de modo individual o colectivamente, en materia de Artes Plásticas y Visuales, así como la realización de proyectos de innovación artística con su dimensión social.
Tercero. Bases reguladoras.
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para apoyo a la creación y perfeccionamiento en el ámbito de las Artes Plásticas durante el año 2019 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de la Delegación de Cultura
http://www.dipucordoba.es/cultura.
Cuarto. Cuantía.
El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 40.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Sexto. Otros datos.
La solicitud deberá ir acompañada de:
- Documentación general:
a) En caso de asociaciones culturales y/o entidades culturales privadas:
Fotocopia del acta de elección del solicitante como representante legal de la entidad o asociación o cualquier otro documento que le acredite fehacientemente como tal.
Fotocopia del CIF de la asociación o entidad cultural solicitante.
Fotocopia de los Estatutos de la asociación y/o entidad cultural.
b) En caso de personas jurídicas: fotocopia de la Escritura de Constitución o en su caso Estatutos de la Sociedad, inscripción en el registro mercantil y código de identificación fiscal.
c) A lo largo del procedimiento se podrá solicitar la acreditación de la identidad del solicitante o representante legal.
- Documentación específica:
Proyecto completo y detallado de la actividad para la que se solicita subvención, indicando la temporalización de la misma.
Presupuesto desglosado de gastos e ingresos de la actividad.
Declaración responsable suscrita por el solicitante de que se reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria y de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones. (Anexo I).
Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta a la que, en su caso, habrá de transferirse el importe de la subvención (Anexo II). Dicho Documento una vez cumplimentado e impreso se deberá de firmar y sellar por la Entidad Financiera. Una vez realizado este trámite se deberá escanear y entregar con el resto de documentación.
Córdoba, 19 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por la Diputada Delegada de Cultura, Mª Salud Navajas González.