Boletín nº 184 (26-09-2019)
III. Administración General del Estado
Ministerio de Empleo y
Seguridad Social
Dirección Provincial del Servicio Público de
Empleo Estatal
Córdoba
Nº. 3.296/2019
Extracto de la resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Córdoba por la que se modifica la resolución de fecha 24 de abril de 2019, de convocatoria pública para subvencionar proyectos de obras y servicios de interés general y social, y proyectos generadores de empleo estable del Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 2019
BDNS (Identif.) 451523
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
<a href="http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans">http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans</a>:
Por Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Córdoba de fecha 23 de septiembre de 2019, se acuerda una ampliación de plazo, modificando el cuarto y quinto párrafo del apartado IV de la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Córdoba de fecha 24 de abril de 2019, por la que se anuncia la convocatoria para subvencionar la contratación de trabajadores preferentemente eventuales agrarios por las Corporaciones Locales, en la realización de proyectos de interés general y social, afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario para el año 2019, que quedan redactados del siguiente tenor:
Las Corporaciones deberán aportar toda la documentación exigida en la convocatoria en el plazo de presentación de solicitudes. Sólo y exclusivamente se admitirá la presentación hasta el plazo máximo de 31 de octubre de 2019 de aquella documentación que, siendo imprescindible para la resolución de concesión de la subvención, no pueda presentarse con la solicitud por corresponder su emisión a otras administraciones, o para acreditar la financiación de las partidas no subvencionadas por este Organismo.
Con carácter excepcional exclusivamente, aquellas Entidades Locales cuyos proyectos no hayan resultado viables técnica o jurídicamente, una vez comunicado este hecho por parte del Servicio Público de Empleo Estatal, podrán presentar un nuevo proyecto, cuya cuantía no supere la asignación inicial de crédito efectuada a la Entidad, dentro del plazo máximo de 31 de octubre, previsto en el párrafo anterior.
Córdoba, 23 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Director Provincial del SEPE P.S. Resol. 6-10-08 del SEPE (BOE 247 DE 13-10-2008), Antonio Bracero Montoro.