Boletín nº 187 (01-10-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.295/2019

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 252/2019. Negociado IN

De: Don Rafael Marin Madueño

Abogado: Don Rafael Fuentes Hache

Contra: Fogasa y Mega Autos Córdoba SXXI SL

DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 252/2019 a instancia de la parte actora don Rafael Marín Madueño contra Fogasa y Mega Autos Córdoba SXXI SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 4 de septiembre de 2019 cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda formulada por don Rafael Marín Madueño contra la empresa Mega Autos Córdoba S. XXI SL, debiendo declarar y declarando que la extinción de la relación laboral en fecha 31/1/19 tiene la consideración de un despido improcedente, y declarando a su vez la extinción de la relación laboral a fecha del despido, condeno a la demandada a abonar en concepto de indemnización la cantidad de tres mil ochenta y dos euros con ochenta céntimos (3.082,80 €) y las costas en los términos del FD 5º de esta sentencia.

El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena que en su caso se le hubiera impuesto en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Entidad B. Santander, (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 025219 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Mega Autos Córdoba SXXI SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en el Tablón telemático del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 12 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia Acctal., Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

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