Boletín nº 187 (01-10-2019)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Algallarín

Nº. 3.307/2019

En Sesión ordinaria de la Junta Vecinal de Algallarín celebrada el día 22 de septiembre de 2019 (2ª convocatoria), adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar inicialmente LA ORDENANZA PARA LA RECUPERACIÓN Y MEJORA ESTÉTICA DE LAS FACHADAS DE VIVIENDAS ORIGINALES EN ALGALLARÍN, en los términos en que figura en el expediente GEX 769/2019 y con el CSV E636 F689 54B3 D4B2 77EE la redacción que a continuación se recoge:

SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del la ELA, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por la Junta Vecinal.

Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento [dirección https://www.algallarin.es con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

TERCERO. Recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.

Lo que se hace público a fin de que por los interesados puedan interponerse reclamaciones y sugerencias, en el plazo de exposición pública de 30 días hábiles que se abre en cumplimento del artículo 49 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local.

Algallarín, 24 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Encarnación Jiménez Vergara.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad