Boletín nº 188 (02-10-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 3.189/2019

Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 92/2019 Negociado: PQ

De: D. Antonio Jesús Bancalero

Abogado: D. Rafael Coba Cruz

Contra: Gala Capilla S.L. y Caro Samaen S.L.

DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 92/2019 a instancia de la parte actora D. Antonio Jesús Bancalero contra Gala Capilla S.L. y Caro Samaen S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 2/9/2019 del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

S.Sª. Iltma. Dijo: Acuerdo despachar ejecución contra las ejecutadas Caro Samaen S.L. y Servicios Logísticos Gala Capilla, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 5.973,22 euros en concepto de principal, más la de 895,98 euros, calculadas para intereses y costas de este procedimiento sin perjuicio de su definitiva liquidación lo que hace un total de: 6.869,20 €.

Respecto a la condenada Servicios Logísticos Gala Capilla S.L. y habiendo sido declarada la misma en insolvencia provisional, por el Juzgado de lo Social num. 4 de Córdoba, Ejecución 20/19, dése audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Y para que sirva de notificación al demandado Caro Samaen S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de La Provincia Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.

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