Boletín nº 190 (04-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 3.253/2019

Mediante Acuerdo Plenario de fecha 31 de julio de 2019, se aprobó el siguiente acuerdo:

SEGUNDO. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA EN FINCA "CARRASQUILLA ALEMÁN" (GEX 804/2017).

Por parte del Secretario se da lectura al Dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Generales.

En el debate del presente punto del orden del día, se registraron las siguientes intervenciones:

La concejala Rojano Morales pregunta si eso se debe a una denuncia presentada por el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA). La Alcaldesa responde que no le consta. La concejala Rojano Morales insiste en que en la documentación consta la denuncia.

La concejal Rojano Morales señala que no han tenido acceso a los informes del expediente. La Alcaldesa le invita a que pasen por el Departamento de Obras para que puedan consultarlos.

Vista la Propuesta de Alcaldía de fecha 2 julio de 2019.

Visto que con fecha 21 de julio de 2017 y número de entrada en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos 036/RT/E/2017/1113, fue presentada por DEHESA DEL TOÑANEJO S.L., con C.I.F. número B-81461295, solicitud de aprobación de Proyecto de Actuación de construcción de vivienda unifamiliar en la finca Carrasquilla Alemán, en Polígono 7, Parcela 2, en el término municipal de Hornachuelos.

Visto el informe del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba de fecha 2 de mayo de 2018.

Visto que mediante Decreto de Alcaldía número 2018/00000461, de 9 de mayo, fue admitida a trámite la instancia presentada por DEHESA DEL TOÑANEJO S.L., con C.I.F. número B-81461295, para aprobación de Proyecto de Actuación de construcción de vivienda unifamiliar en la finca Carrasquilla Alemán, en Polígono 7, Parcela 2, en el término municipal de Hornachuelos.

Considerando que el expediente se sometió a información pública por plazo de veinte días mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba números 93, de 16 de mayo de 2018 y 137, de 18 de julio de 2018.

Visto el informe condicionado de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio de fecha 5 de marzo de 2019.

Visto el informe de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Servicio Espacios Naturales Protegidos) de fecha 7 de marzo de 2019.

Visto el informe de Secretaría de fecha 2 de julio de 2019.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Generales de fecha 24 de julio de 2019, procediendo a su lectura el Sr. Secretario General de la Corporación.

El Ayuntamiento Pleno adoptó, con siete votos a favor del GIH y tres abstenciones del PSOE-A, los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación presentado por Dehesa del Toñanejo S.L., con C.I.F. número B-81461295, de construcción de vivienda unifamiliar en la finca Carrasquilla Alemán, en Polígono 7, Parcela 2, en el término municipal de Hornachuelos, con las condiciones establecidas en los informes que obran en el expediente.

Segundo. La autorización que supone la aprobación del Proyecto de Actuación tendrá una duración limitada, aunque renovable, no inferior en ningún caso al tiempo que sea indispensable para la amortización de la inversión que requiera su materialización, y que se estima de cien años.

Tercero. El propietario deberá satisfacer, en su caso, la prestación compensatoria en suelo no urbanizable, que tiene por objeto gravar los actos de edificación, construcción, obras o instalaciones no vinculados a la explotación agrícola, pecuaria, forestal o análoga. Se devengará con ocasión del otorgamiento de la licencia con una cuantía del diez por ciento del importe total de la inversión a realizar para su implantación efectiva, excluida la correspondiente a maquinaria y equipos (artículo 52.5 LOUA).

Cuarto. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía por cuantía del diez por ciento de la inversión para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos (artículo 52.4 LOUA).

Quinto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación.

Sexto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Séptimo. Notificar el presente acuerdo al interesado a los efectos oportunos.

Octavo. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Intervención a los efectos de que pueda girar la liquidación del importe de la garantía señalada en el punto cuarto de este acuerdo.

Hornachuelos a 16 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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