Boletín nº 192 (08-10-2019)

IV. Junta de Andalucia

Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Córdoba

Nº. 3.383/2019

Convenio o Acuerdo: Asistencial Europea Reifs S.L.

Expediente: 14/11/0174/2019

Fecha: 26/09/2019

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Francisco Jose Reifs Cañas

Código 14100091112019

Visto el Texto del Acuerdo sobre el Plan de Igualdad de la empresa Asistencial Europea Reifs, S.L. en Fuente Tójar, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 26 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ, Angel Herrador Leiva.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA EMPRESA ASISTENCIAL EUROPEA REIFS S.L. EN FUENTE TÓJAR

En el municipio de Fuente Tojar, siendo las 11:30 horas del 29 de mayo de 2019, en Calle Antonio Machado, 14, se celebra 2ª reunión de la Comisión de Igualdad de la empresa, para el centro de trabajo de Fuente Tojar.

Asisten por parte de la empresa:

" Elena Sánchez Raposo, Subdirectora de Recursos Humanos

" Silvia Salazar López, Directora del centro de trabajo de Bedmar.

Personas de la Comisión de Igualdad que asisten por parte de la representación legal de los trabajadores:

" Nuria Serrano Pérez, Representante Legal de los Trabajadores (UGT)

" Rafael Jiménez Serrano, Fisioterapeuta.

Antecedentes:

1. 19/03/19. Constitución de la Comisión de Igualdad del Centro.

a. Entrega a la comisión de la carta de compromiso de la dirección para la elaboración de un plan de igualdad en el centro de trabajo.

b. Aprobación del Reglamento de funcionamiento de la Comisión.

c. Elaboración de la Carta de Difusión a la Plantilla.

2. 2/04/19. Entrega de datos del personal para la elaboración del diagnóstico cuantitativo.

3. 3/04/19 Puesta a disposición de la plantilla de la encuesta de opinión y el cuestionario a la dirección del centro.

4. 24/05/19. Entrega a la RLT y la dirección del centro del Informe de Diagnóstico y resumen de los resultados obtenidos de las encuestas realizadas a la plantilla.

Temas tratados:

Se revisan y se debaten los resultados del diagnóstico del centro y se acuerdan los ejes principales sobre los que girara la propuesta de medidas a incluir en el Plan de Igualdad y se proponen indicadores para cada una de ellas, quedando los acuerdos como se detallan en el Plan.

En conformidad de todo lo tratado y acordado se firma el presenta acta así como los siguientes documentos relacionados con la elaboración del plan y que son:

" Anexo 1: Informe diagnostico

" Anexo 2. Informe de resultado de las encuestas a la plantilla

" Anexo 3: Plan de Igualdad.

Se da por concluida la reunión a las 12:45 horas.

Fdo. Elena Sánchez Raposo

Fdo. Silvia Salazar López

Fdo. Nuria Serrano Pérez

Fdo. Rafael Jiménez Serrano

PLAN DE IGUALDAD 2019-2023 ASISTENCIA GERIÁTRICA EUROPEA REIFS S.L. EN EL CENTRO DE FUENTE TÓJAR (CÓRDOBA)

1. Antecedentes y Justificación

2. Compromiso de la Dirección

3. Diagnóstico

4. Objetivos del Plan

5. De medidas para el Plan de Igualdad en la Centro

6. Vigencia y Plazos para la Implantación

7. Seguimiento y Evaluación

1. Antecedentes y justificación

La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres en su artículo 46, define el significado de los Planes de Igualdad en las empresas y cuáles deben ser sus contenidos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 73 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de políticas de género que, respetando lo establecido por el Estado en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 149.1.1ª. de la Constitución, incluye, en todo caso:

a) la promoción de la igualdad de hombres y mujeres en todos los ámbitos sociales, laborales, económicos o representativos;

b) la planificación y ejecución de normas y planes en materia de políticas para la mujer, así como el establecimiento de acciones positivas para erradicar la discriminación por razón de sexo,

c) y la promoción del asociacionismo de mujeres.

Por otra parte, el artículo 10.2, afirma que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquella en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social. Asimismo, el artículo 15 determina que se garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.

De forma más concreta y dentro de sus competencias la Ley 9/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece:

" en su artículo 27, apartado 5: «Con independencia de las previsiones normativas sobre inscripción y registro de los planes de igualdad de las empresas acordados en el ámbito de la negociación colectiva, la Junta de Andalucía creará un Registro de Planes de Igualdad en las Empresas, dependiente de la Consejería con competencia en materia laboral, que regulará reglamentariamente su constitución, sus características y sus condiciones para la inscripción y acceso. Este registro estará conectado con el Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (plataforma Regcon), que regula el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo».

" en el apartado 6 del artículo 28: «6. Las Administraciones públicas de Andalucía incluirán cláusulas vinculadas a la existencia de planes o medidas de igualdad negociados con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en los criterios de todo tipo de adjudicaciones».

" en el apartado 4 del artículo 29: «Los departamentos competentes en materia de salud y seguridad y de salud laboral deben fomentar la recogida y el tratamiento de la información existente en los centros de atención primaria y en las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desglosada por sexos, a fin de identificar riesgos específicos en las trabajadoras debido a su actividad laboral».

En virtud de la normativa laboral, las condiciones laborales del personal del centro de trabajo del grupo REIFS en Fuente Tojar (Córdoba) se han venido regulando por lo dispuesto en el convenios colectivos dispuesto en la Resolución de 11 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio), recoge en su Capítulo XI las condiciones relacionadas con la elaboración y aprobación de Planes de Igualdad en las empresas.

2. Compromiso de la dirección

La empresa Asistencial Europea Reifs S.L., declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra política de recursos humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta organización, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de opo

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