Boletín nº 195 (11-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 3.530/2019

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 2 de octubre de 2019, se acordó lo que literalmente trascrito dice:

ADJUDICACIÓN LICENCIAS DE TAXI DEL MUNICIPIO DEL IZNÁJAR

Visto el Decreto de Alcaldía número 514 de 26 de septiembre de 2019 en el que se clasificaban las proposiciones presentadas por los licitadores respecto del procedimiento de licitación para la adjudicación de seis licencias de taxi en el municipio de Iznájar, atendiendo la propuesta llevada a cabo por la Mesa de Contratación, de conformidad con el siguiente orden:

Clasificación

Candidato

1

Antonio Luque Fernández

Visto que en el citado Decreto se requería al único interesado para que presentaran diversa documentación:

- Justificante de encontrarse de Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

- Documentación acreditativa de encontrarse de Alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas que le habilita a la prestación del referido servicio.

- Documentación acreditativa de la titularidad y características del vehículo destinado a la actividad de taxi.

- Justificante de tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte, en cuantía máxima establecida por la normativa aplicable en materia de seguros.

- Justificante acreditativo de tener abonadas las tasas fijadas en a correspondiente ordenanza fiscal.

Vista la documentación que en el plazo concedido ha aportado D. Antonio Luque Fernández.

Considerando que la legislación aplicable se encuentra fundamentalmente la Ordenanza Municipal para el Servicio de Transporte Público de Viajeros en Automóviles de Turismo de este Ayuntamiento, aprobadas por el Pleno el 27 de noviembre de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 58, de 13 de marzo de 2018, la Ley de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía y el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y demás normativa aplicable.

Examinada la documentación que acompaña a la propuesta de adjudicación realizada por la mesa de contratación y de acuerdo con la misma y de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, he resuelto:

Primero. Adjudicar a los siguientes licitadores licencias de taxi en el municipio de Iznájar de acuerdo con la siguiente numeración

Adjudicatario

Número licencia

Vehículo

Matrícula

Antonio Luque Fernández

5

FIAT TIPO

5634KYB

Segundo. Publíquese anuncio de la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero. Dar cuenta del presente Decreto en la próxima sesión plenaria.

Lo que se anuncia para general conocimiento, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, en la villa de Iznájar, a la fecha de la firma electrónica.

Iznájar a 2 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.

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