Boletín nº 199 (17-10-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 3.515/2019

Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 353/2018 Negociado. MC

De: D. Juan Carrión Huertas

Abogado: D. Bartolomé Jurado Luque

Contra: D. Carlos Ortiz Jiménez

DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 353/2018 a instancia de la parte actora D/D. Juan Carrion Huertas contra D. Carlos Ortiz Jiménez sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución de fecha 21-5-2019 del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando las demandas de reclamación de cantidad formuladas por D. Juan Carrión Huertas contra la empresa demandada D. Carlos Ortiz Jiménez debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 7.490,98 euros con más los intereses moratorios legales del art. 29.3 del ET desde el vencimiento de cada una de las cantidades reclamadas y hasta el completo pago de la misma.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en el art. 194 y siguientes de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Igualmente se advierte al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad 300 euros en la cuenta abierta en Banco Santander con nº 1444/0000/65, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria citada, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por la misma suma.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado D. Carlos Ortiz Jiménez actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.

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