Boletín nº 206 (29-10-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaharta
Nº. 3.734/2019
Por este Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día 17 de octubre de 2019, y con la mayoría prevista en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se adoptó provisionalmente acuerdo de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
1. Ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.
2. Ordenanza reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17, párrafos 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el expediente, que estará de manifiesto en la Secretaría Municipal, queda expuesto al público por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante el expresado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que consideren oportunas que deberán ser resueltas por el Pleno.
En caso de no presentarse reclamaciones se considerará elevado a definitivo el acuerdo provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del TRLHL
Villaharta a 18 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Alfonso Expósito Galán.