Boletín nº 207 (30-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 3.820/2019

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha veintiséis de septiembre del corriente, publicado en el Boletín Oficial de la Provincial n.º 189, de 3 de octubre de 2019, sobre Modificación de Créditos 5/2019, mediante Transferencia de Créditos entre distintas Aplicaciones Presupuestarias de diferentes Áreas de Gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modificaciones

de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

163

221.99

Otros Servicios de Bienestar Comunitario Matadero Municipal

60.000,00 €

  9.765,69 €

69.765,69 €

150

623.00

Otras Adquisiciones

14.291,22 €

15.000,00 €

29.291,22 €

TOTAL

74.291,22

24.765,69 €

99.056,91 €

BAJAS O ANULACIONES EN CONCEPTO DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Bajas o

anulaciones

Créditos

finales

Progr.

Económica

130

120.07

Seguridad-Retribuciones Básicas Funcionarios

46.679,83 €

15.226,75 €

31.453,08 €

130

121.02

Seguridad-Retribuciones Complementarias Funcionarios

22.776,99 €

  7.439,20 €

15.337,79 €

130

150.00

Seguridad-Complemento Productividad Funcionarios

  3.220,96 €

    983,73 €

  2.237,23 €

130

151.00

Seguridad-Gratificaciones Personal Funcionario

    900,00 €

    116,01 €

    783,99 €

130

221.04

Seguridad-Vestuario

  3.000,00 €

  1.000,00 €

  2.000,00 €

TOTAL INGRESOS

76.577,78 €

24.765,69 €

51.812,09 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En El Viso a 25 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad