Boletín nº 208 (31-10-2019)

VIII. Otras Entidades

Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba

Nº. 3.807/2019

BANCO DE PROYECTOS

CONVOCATORIA PARA LA RECEPCIÓN DE PROYECTOS RELATIVOS A LAS ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES A DESARROLLAR DENTRO DE LOS PLANES ANUALES DE ACTUACIÓN DE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ

La Presidencia de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, ha dictado la presente resolución con fecha 21 de octubre de 2019:

Dado el amplio volumen de actividades que, durante el año se desarrollarán dentro del Programa de exposiciones de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, urge, la aprobación de aquellas actuaciones y/o actividades dirigidas a los municipios de la Provincia y aquellos que permitirán apoyar actividades de iniciativa ciudadana.

Por lo manifestado, a la vista del informe jurídico que consta en el expediente y en el uso de las facultades que me atribuye el artículo 17.n) y q) de los vigentes Estatutos de esta Fundación, por la presente resuelvo:

1º. Aprobar las bases de Convocatoria para la recepción de proyectos relativos a las artes plásticas y visuales a desarrollar dentro de los planes anuales de actuación de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, cuyo literal es el siguiente:

BANCO DE PROYECTOS: CONVOCATORIA PARA LA RECEPCIÓN DE PROYECTOS RELATIVOS A LAS ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES A DESARROLLAR DENTRO DE LOS PLANES ANUALES DE ACTUACIÓN DE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ

La Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí realiza la presente convocatoria de apoyo y difusión del arte contemporáneo mediante la recepción de proyectos referidos a las Artes Plásticas y Visuales.

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la creación de un Banco de Proyectos a ejecutar dentro de los Planes Anuales de Actuación de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, de acuerdo con el artículo 12.f de sus vigentes Estatutos, formados por dos líneas de actuación:

a) Proyectos expositivos a desarrollar en los espacios del Centro de Arte Rafael Botí y/o en la Galería de Exposiciones del Palacio de La Merced (véase Anexo II) que, junto a los proyectos de producción propia, convenios de colaboración y/o coproducción con instituciones públicas o privadas, configurarán su programa anual de exposiciones.

b) Proyectos referidos a la investigación, difusión y dinamización de las artes plásticas y visuales, con especial atención a aquellos que se desarrollen en los museos de arte, en espacios expositivos y/o adecuados de los municipios de la provincia de Córdoba.

Contribuyendo a conseguir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11.4 de los incorporados en la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

Los proyectos aprobados serán programados, de acuerdo con las personas o colectivos seleccionados, en función de la disponibilidad de las salas y presupuestos de los ejercicios 2020 y 2021.

Segunda. Destinatarios

Podrán concurrir a la convocatoria las personas físicas (individualmente o en grupo) o jurídicas, creadores/as, comisarios/as, gestores culturales, investigadores/as, asociaciones y entidades culturales privadas que estén legalmente constituidas, interesadas en la creación y difusión de la cultura contemporánea. La selección de los proyectos se realizará por concurrencia competitiva.

Los proyectos seleccionados e incluidos en la programación de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí deberán ser realizados de manera directa por quienes aparezcan como responsables en el proyecto.

Solo podrá presentarse una única petición, por solicitante, para la realización de un solo proyecto por cada una de las dos líneas de actuación.

Quedan expresamente excluidos:

" Proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de otras Delegaciones, Organismos Autónomos Locales o entidades dependientes de la Diputación de Córdoba.

" Proyectos incluidos en el programa Periféricos.

" Exposiciones individuales.

" Proyectos ejecutados con anterioridad por otras instituciones o entidades ajenas a la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.

Tercera. Selección de proyectos

Los proyectos que sean seleccionados, pasarán a formar parte del Plan Anual de Actuación de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, corriendo por cuenta de esta los gastos presupuestados en cada uno de ellos, previa aprobación por el órgano competente y con cargo a las partidas presupuestarias establecidas en el correspondiente expediente.

De común acuerdo con los seleccionados, la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí podrá negociar la colaboración económica de otras Instituciones y/o Entidades públicas o privadas para la coproducción e itinerancia de todo o parte del proyecto seleccionado.

Cuarta. Requisitos para solicitar la aprobación y forma de acreditarlos

Los solicitantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) En el supuesto de tratarse de una asociación, debe estar legalmente constituida e inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones.

b) En las propuestas de proyectos expositivos, bien el comisario o al menos un tercio de los artistas incluidos en el proyecto, deben ser nacidos o residentes en la provincia de Córdoba.

c) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.

d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones o circunstancias para poder contratar con las Administraciones Públicas.

e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

f) La acreditación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones o para acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, la Diputación de Córdoba y la Seguridad Social podrá realizarse mediante declaración responsable suscrita por su representante legal (Anexo I).La presentación de dicha declaración responsable autorizará al órgano gestor (en caso de que no se haya rechazado su consulta) para recabar los certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Sólo en el caso de rechazo deberá presentar dichas certificaciones o documentos en en otra documentación.

Quinta. Solicitudes, documentación y plazo

A) Solicitudes

Las solicitudes, que se ajustarán al Anexo I, irán acompañadas de la documentación requerida en la presente Base.

La solicitud se presentará según alguno de los siguientes procedimientos:

En caso de personas físicas:

1.1. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el Registro Electrónico de Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, en los términos que expone el art. 7º del Reglamento del Registro Electrónico.

a) El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la Sede Electrónica de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, en la dirección https://sede.eprinsa.es/fundacionboti y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

b) Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por el/la interesado/a, proporcionando el Registro Electrónico documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado.

c) Con el fin de asegurar la identidad del peticionario/a, para acceder a la tramitación electrónica se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario/a así como los tipos de certificados admitidos por la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba, figuran claramente en el apartado sobre la sede electrónica.

La limitación de tamaño para adjuntar documentación digitalizada es de 5 Mb. Toda la documentación deberá ir digitalizada en un solo documento PDF.

1.2. Los/as interesados/as que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: https://sede.eprinsa.es/fundacionboti.

Una vez cumplimentado el modelo de solicitud y subidos los documentos que se le solicitan, deberán impr

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