Boletín nº 209 (04-11-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 15
Madrid

Nº. 3.710/2019

Juzgado de lo Social Número 15 de Madrid

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 821/2018

Materia: Reclamación de cantidad

Demandante: Dª Ana Díaz García

Demandado: Stereocarto S.L. y otros 3

 

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA DOLORES MARÍN RELANZÓN, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 821/2018, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dª Ana Díaz García frente a Stereocarto S.L., Geoinvest Geografía e Ingeniería S.L., Stereodata, S.L. y Protoba .SL., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima la demanda formulada por Dª Ana Díaz García, con DNI 4846588M, frente a Stereocarto S.L., con CIF B-28134500, Protoba S.L., con CIF B-14237689, Stereodata S.L., con CIF B-83262261 y Geoinvest Geografía e Ingeniería S.L., con CIF B-14998025, a abonar a la actora el importe de 3.719,45 euros brutos más el 10% de interés anual por mora desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.

Se absuelve a Protoba, S.L.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la LRJS, contra ella cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán imponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del modo siguiente:

Anuncio del recurso artículo 194 LRJS.

Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante el Juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro del indicado plazo.

Depósito artículo 229 LRJS.

Todo el que, sin tener la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, anuncie Recurso de Suplicación, consignará como depósito trescientos euros.

También estarán exentas de depositar y realizar consignación de condena las entidades públicas referidas en el artículo 229.4 LRJS.

Datos Entidad Bancaria donde realizar depósito.

Cuenta abierta, en la entidad Banco de Santander, a nombre de este Juzgado Social Quince de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2513-0000-00-1191-18.

Consignación de condena artículo 230 LRJS.

Cuando la sentencia impugnada hubiera condenado al pago de cantidad, será indispensable que el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita acredite, al anunciar el Recurso de Suplicación, haber consignado en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del órgano jurisdiccional, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito.

En el caso de condena solidaria, la obligación de consignación o aseguramiento alcanzará a todos los condenados con tal carácter, salvo que la consignación o el aseguramiento, aunque efectuado solamente por alguno de los condenado, tuviera expresamente carácter solidario respecto de todos ellos para responder íntegramente de la condena que pudiera finalmente recaer frente a cualquiera de los mismos.

Datos Entidad Bancaria donde realizar consignación.

Cuenta abierta, en la entidad Banco de Santander, a nombre de este Juzgado Social Banco de Santander, a nombre de este Juzgado Social quince de Madrid con el número de referencia, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2513-0000-00-1191-18.

Por esta Sentencia, definitivamente juzgando, se pronuncia, establece y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Geoinvest Geografía e Ingeniería S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se advierte al destinatario que las siguiente comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 1 de octubre de 2019. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad