Boletín nº 209 (04-11-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.784/2019

Con fecha 19 de septiembre de 2019, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto nº 7240, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Tras la renuncia de don Juan Miguel Moreno Calderón a su condición de Concejal de este Ayuntamiento, con fecha 17 de septiembre de 2019, ha tomado posesión como miembro de la Corporación Municipal doña Lourdes Morales Zaragoza. También ha quedado vacante tras dicha renuncia la novena Tenencia de Alcaldía y la condición de miembro de la Junta de Gobierno Local que ejercía el Sr. Moreno Calderón.

Estas circunstancias hacen necesaria la modificación del Decreto nº 5210, de 17 de junio de 2019, de Alcaldía, por el que se establece la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva.

Del mismo modo se ha considerado conveniente que se delegue también por esta Alcaldía en la persona titular de la Delegación de Hacienda las competencias relativas a la Liquidación del Presupuesto Municipal y determinación de los derechos de dudoso cobro.

Igualmente se han detectado en dicho Decreto algunos errores materiales y omisiones por lo que es preciso también la corrección de los referidos errores materiales.

Es por ello que en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba, vengo en resolver:

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, proceder al nombramiento como Miembro de la Junta de Gobierno Local, en sustitución de D. Juan Miguel Moreno Calderón, de doña María Evarista Contador Contador quien formará parte de dicho órgano, junto a los demás Concejales y Concejalas ya nombrados por Decreto n.º 5210, de 17 de junio de 2019, de Alcaldía

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, proceder al nombramiento de Dª María Evarista Contador Contador como noveno Teniente de Alcalde a efectos de sustituir al titular de la Alcaldía en caso de vacante ausencia o enfermedad, correspondiéndole como Teniente de Alcalde el tratamiento de Ilustrísima.

Tercero. Modificar el Decreto de esta Alcaldía nº 5210, de 17 de junio de 2019, suprimiendo dentro del Área de Reactivación Económica, Promoción Empresarial y Fomento del Empleo la Delegación de Transformación Digital e Innovación e incluyendo dentro de dicha área dos nuevas delegaciones:

Delegación de Transformación Digital: Incluye el fomento del desarrollo estratégico para la transformación digital de la Ciudad incluyendo la implantación de la Administración Electrónica. Igualmente dependerá de esta Delegación los Servicios Informáticos del Ayuntamiento.

Delegación de Innovación: Incluye la representación y actuaciones del Ayuntamiento relacionadas con el Parque Científico Tecnológico de Córdoba S.L. Rabanales 21.

Dicha delegación ejercerá también las facultades de coordinación y dirección de todos los servicios y delegaciones implicados en la ejecución de proyectos europeos. Se adscribe a esta Delegación el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC).

Cuarto. Delegar a favor de la Concejala doña María Nieves Torrent Cruz, el ejercicio de las atribuciones en materia de Innovación que corresponden a esta Alcaldía Presidencia conferidas por la la Ley 7/1985 y demás normativa vigente.

Quinto. Delegar a favor de la Concejala Doña Lourdes Morales Zaragoza, el ejercicio de las atribuciones en materia de Transformación Digital que corresponden a esta Alcaldía-Presidencia conferidas por la Ley 7/1985 y demás normativa vigente.

Sexto. Las Delegaciones contempladas en los dos apartados anteriores se ejercerán conforme a lo establecido en el Decreto nº 5210, de 18 de junio de 2019, de esta Alcaldía.

Séptimo. Modificar el Decreto de esta Alcaldía n.º 5210, de 17 de junio de 2019, en el siguiente sentido: En el apartado sexto de la parte resolutiva del Decreto se sustituye el texto En todo caso, esta Alcaldía Presidencia mantiene las competencias relativas a la Liquidación del Presupuesto Municipal y determinación de los derechos de dudoso cobro por el siguiente texto Se delega también expresamente por esta Alcaldía en la persona titular de la Delegación de Hacienda las competencias relativas a la Liquidación del Presupuesto Municipal y determinación de los derechos de dudoso cobro.

Octavo. Modificar el Decreto de esta Alcaldía nº 5210, de 17 de junio de 2019, en el siguiente sentido: En la página 9 donde dice Igualdad debe decir Delegación de Igualdad siendo las atribuciones de dicha Delegación de Igualdad las siguientes

Delegación de Igualdad: Comprende tanto las competencias propias en materia de actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género como las competencias que en materia de Igualdad y en materia de Diversidad LGTBI+ (Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales) pueda desarrollar este Ayuntamiento, bien por delegación de la Junta de Andalucía o bien en el marco de su ejercicio como competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local o de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 2 del Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo.

Noveno. Modificar el Decreto de esta Alcaldía nº 5210, de 17 de junio de 2019 y corregir los errores materiales contenidos en dicho Decreto en el sentido que se señala a continuación:

a) Página 2: ÁREA DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES

Se da una nueva redacción al primer párrafo en el siguiente sentido: Dentro de esta área de gobierno se encuentra adscrito el Órgano Colegiado de Barriadas Periurbanas y Entidad Local Autónoma de Encinarejo cuya Presidencia asume la Alcaldía sin perjuicio de su posible Delegación

b) Página 3: DELEGACIÓN DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES

Se suprime la palabra los dos veces repetida en el primer párrafo relativo a dicha Delegación.

c) Página 7: DELEGACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VÍA PÚBLICA donde dice: la Jefatura de la Policía Municipal debe decir la Jefatura de la Policía Local.

d) Página 11: DELEGACIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO se suprime el siguiente texto a la que se adscribe el IMDEEC.

e) Página 14: Donde dice Marín debe decir Martín.

f) Página 17: En el apartado sexto de la parte resolutiva del Decreto dentro de la Información presupuestaria se suprime la referencia al Consorcio de Turismo.

Décimo. El presente Decreto revoca expresamente cualquier otra delegación de facultades de la Alcaldía que pudiera existir en cuanto lo contradiga.

Undécimo. Notifíquese a los interesados, recabando su aceptación, que se entenderá tácitamente otorgada si en el plazo de tres días no hicieran manifestación contraria. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba y dese cuenta a la Junta de Gobierno Local y al Pleno Corporativo, en la primera sesión que celebren dichos Órganos.

Córdoba a 24 de septiembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José María Bellido Roche.

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