Boletín nº 209 (04-11-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.790/2019

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: 152/2019 - Despido

Ejecución de títulos judiciales 103/2019. Negociado: JP

De: D. Balbino Fuentes Leal

Abogado: D. Antonio Muñoz Centella

Contra: Dª. Rosa María Díaz Montilla

 

DOÑA MARIA PILAR LOROÑO ZULOAGA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 152/2019, a instancia de la parte actora D. Balbino Fuentes Leal contra Dª. Rosa María Díaz Montilla, sobre Despido, se ha dictado Sentencia de fecha 23 de julio de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de despido y reclamación de cantidad formulada por D. Balbino Fuentes Leal contra Dª. Rosa María Díaz Montilla, debiendo declarar y declarando que la extinción del contrato de trabajo con fecha 28/12/18 tiene la consideración de un despido improcedente y, en consecuencia, condeno a la empresa a que dentro del legalmente establecido para ello -cinco días desde la notificación de esta sentencia y sin esperar firmeza- opte entre la readmisión de forma inmediata en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que estaban vigentes en aquel momento o por la extinción del contrato de trabajo con la consiguiente indemnización, que asciende a CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (444,95 €).

Procederá la readmisión en caso de así manifestarlo expresamente o de no ejercitar la opción antedicha en el término legal, debiendo en estos casos abonar los salarios de tramitación devengados desde el día siguiente al del despido -el 29/12/18- hasta la fecha de notificación de esta sentencia o hasta el día en que el demandante hubiera encontrado empleo efectivo, caso de ocurrir antes, a razón del salario módulo diario de 40,45 €/día.

Condeno igualmente a Dª. Rosa María Díaz Montilla a abonar al trabajador la cantidad de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (4.194,39 €), más 395,94 € en concepto de interés de mora.

Todo ello con las costas fijadas en el FD 7º de esta Sentencia.

Y para que sirva de notificación a la demandada Dª. Rosa María Díaz Montilla, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 14 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, María del Pilar Loroño Zuloaga.

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