Boletín nº 210 (05-11-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 3.814/2019

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 483/2019. Negociado: JR

De: Dª. Araceli Hidalgo Morente

Abogado: D. Ricardo Secilla Martínez

Contra: Buscandolas S.L. y FOGASA

 

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL, NUMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 483/2019, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de Araceli Hidalgo Morente contra Buscandolas S.L. y FOGASA, en la que con fecha 07/10/19 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda de Dª. Araceli Hidalgo Morente contra Buscándolas, S.L. y el FOGASA, declaro improcedente el despido de fecha de efectos 19-3-2019. Y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral y condeno a la empresa demandada al pago de 7.518,85 € en concepto de indemnización, y 9.689,94 € en concepto de salarios de tramitación.

Absuelvo al FOGASA, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria, en su caso.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicacion ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el Recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta del Banco Santander nº 1445-000-65-483-19 el importe de la condena y el depósito de 300 €.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Buscándolas S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 17 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

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