Boletín nº 210 (05-11-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 3.907/2019

La Concejala-Delegada del Área de Bienestar Social y Recursos Humanos, ha dictado con fecha 28 de octubre de 2019, Resolución nº 2203/2019, que a continuación se transcribe:

Teniendo en cuenta que la Arquitecta Municipal de este Excmo. Ayuntamiento de Montoro, Dª Mª Jesús de Torres Díaz, plaza vacante ocupada de forma interina, debido a su proceso de maternidad y vacaciones, se ha incoado expediente para que pueda ser cubierto este puesto hasta tanto se pueda reincorporar su titular después del proceso de maternidad y vacaciones, se justifica el carácter prioritario de su cobertura por afectar al funcionamiento de un servicio esencial de la oficina técnica municipal durante todos esos meses.

También se prevé la creación de una bolsa para cobertura de futuros nombramientos interinos de Arquitecto/a.

Considerando que la Constitución garantiza en el acceso a la función pública los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, a los que el Estatuto Básico del Empleado Público ha añadido otros no menos importantes desde el punto de vista práctico:

a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.

b) Transparencia.

c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.

d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.

e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

Considerando que la propuesta de bases elaborada se estima conforme con el ordenamiento jurídico, respetando los principios y reglas a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

Considerando que es urgente la tramitación de este procedimiento selectivo por los motivos antes expuestos.

Considerando que corresponde a la Alcaldía la competencia para aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y, en virtud de la delegación de la Alcaldía efectuada por Resolución nº 1306, de fecha 26/06/2019 (BOP nº 130, de 10 de julio de 2019) a la Concejala Delegada de Bienestar Social y Recursos Humanos, por el presente

Resuelvo:

Primero: Convocar las pruebas selectivas mediante concurso para la provisión con carácter interino del puesto de Arquitecto/a de este Ayuntamiento y crear una bolsa de empleo para futuros nombramientos interinos. Las características de este plaza son las siguientes:

Subgrupo: A1.

Nivel: 25.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Esta plaza se equipara a todos los efectos retributivos a las plazas valoradas en este Grupo de acceso.

Segundo: Aprobar las bases de selección para la provisión de este puesto que constan como anexo a esta Resolución declarando la tramitación de urgencia de este expediente, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, se reducirán a la mitad todos los plazos que en las mismas se contienen salvo el de presentación de solicitudes y recursos.

Tercero: Publicar la convocatoria y el texto íntegro de las bases en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO

BASES QUE HABRÁN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE UN FUNCIONARIO/A INTERINO DE ARQUITECTO/A DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTORO (CÓRDOBA), Y CREACIÓN DE BOLSA PARA FUTUROS NOMBRAMIENTOS INTERINOS O CONTRATACIONES TEMPORALES EN RÉGIMEN LABORAL. TRAMITACIÓN URGENTE

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la necesaria y urgente provisión interina del puesto de trabajo de Arquitecto del Excmo. Ayuntamiento de Montoro perteneciente Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, denominación Arquitecto/a,correspondiente al Grupo A, Subgrupo 1 de clasificación profesional, conforme a la clasificación establecida en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado, Nivel CD 25, por el periodo de ausencia de la funcionaria interina que ocupa este puesto debido a su proceso de maternidad y vacaciones.

Asimismo se creará una bolsa de candidatos seleccionados para futuros supuestos de nombramientos interinos de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que recoge el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado, o de contrataciones en régimen laboral temporal.

Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo de clasificación y las previstas en el presupuesto General de la Corporación.

Funciones: Serán la exigidas a estos puestos por la normativa de aplicación y entre otras realizará las siguientes:

Redacción de proyectos y dirección de obras de arquitectura, y urbanismo, así como los aspectos técnicos relativos a preparación, ejecución y terminación de los contratos públicos relacionados, informes técnicos para licencias urbanísticas y autorizaciones de competencia municipal y disciplina urbanística, valoraciones y gestión de los bienes inmuebles de titularidad municipal, redacción de planes urbanísticos, vivienda, así como su seguimiento y control. Actuaciones técnicas relativas a protección del patrimonio histórico y natural y conservación y mantenimiento de los equipamientos y servicio.

Tareas relacionadas con las funciones antes mencionadas.

Segunda. Requisitos

Para tomar parte en las pruebas es necesario:

a) Tener nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público en lo referente al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a la que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Graduado en Arquitectura y Máster habilitante de Arquitectura, Licenciada/o en Arquitectura u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia. Las equivalencias deberán acreditarse mediante certificado de la Administración competente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa.

Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.

Tercera. Solicitudes

Las instancias, dirigidas a la Sr. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Montoro se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Montoro, o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo de presentaci

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