Boletín nº 212 (07-11-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 3.848/2019

Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 20 de octubre de 2019, la siguiente resolución:

Decreto: Las Mesas de Contratación son órganos de asistencia técnica especializada de los Órganos de Contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley 9/2018, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), en relación con el artículo 21 del Real Decreto 817/09, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante RD 817/09), que estarán constituidas por un Presidente, los Vocales que se determinen reglamentariamente y un Secretario.

Sus miembros son designados por el órgano de contratación con especificación de los cargos que ostenten (artículo 63.5 párrafo segundo de la LCSP) de la entidad local, ex artículo 326.4 de la LCSP y 21 del RD 817/09 citado y su composición deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y Perfil del Contratante del órgano de contratación siete días antes de la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación administrativa (artículo 63.5 de la LCSP y 21.4 del RD 817/09 y Disposición Adicional segunda 7, párrafo final de la LCSP), pudiéndose constituir con carácter permanente (Disposición Adicional segunda 7, párrafo final de la LCSP y artículo 21.4 párrafo primero del RD 817/09).

La Presidencia podrá recaer sobre un miembro de la Corporación o funcionario de la misma y formarán parte de ella como vocales el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor/a o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario o laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a 3. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Nunca podrá formar parte de la misma el personal eventual.

La necesariedad de la implementación de la licitación electrónica, al ser obligatoria por imperativo legal, en los procedimientos de contratación, mediante el uso de la herramienta de la Plataforma de Contratación del Sector Público, que es responsabilidad de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica hace necesario dar de alta a los órganos de asistencia de los órganos de contratación del Excmo. Ayuntamiento, previa designación de sus componentes por el órgano competente municipal.

La competencia para designación de los miembros de los órganos de asistencia o mesas de contratación corresponde al órgano de contratación de que se trate (Disposición Adicional segunda 7, párrafo primero de la LCSP y 21.2 del RD 817/09). En el Excmo. Ayuntamiento son órganos de contratación el Sr. Alcalde-Presidente, la Junta de Gobierno Local por Delegación de la Alcaldía para determinados contratos y el Ayuntamiento Pleno.

Por razones de economía procesal y con el fin de lograr el alta de los órganos de asistencia por el órgano competente, parece conveniente avocar puntualmente las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local para designación de los miembros del órgano de asistencia, así como designar los componentes de las mesas de contratación del Ayuntamiento Pleno, en este caso con posterior ratificación.

Visto lo dispuesto en los párrafos antecedentes y concretamente en lo atinente a la posibilidad de que los miembros de las mesas de contratación como órganos de asistencia puedan ser nombrados con carácter permanente, publicándose en este caso su composición en el Perfil del Contratante con 7días de antelación con respecto a la reunión a celebrar para cualificación de la documentación administrativa referida en el artículo 140 de la LCSP.

Siendo que, también resultaría factible que a los mismos se les puedan atribuir funciones para una pluralidad de contratos, en cuyo supuesto su composición deberá publicarse en el BOP denominadas en la Plataforma de Contratación del Sector Público, mesas departamentales.

Por el presente, he resuelto:

1º) Avocar puntualmente la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación (Decreto de la Alcaldía de fecha 16/06/19), en relación con la designación de los miembros de las mesas de contratación que deban asistirlo.

2º) Que en los expedientes de contratación que se inicien a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, las mesas de contratación designadas de manera permanente para asistir a los órganos de contratación competentes de la Corporación, Alcaldía, Junta de Gobierno Local y Ayuntamiento Pleno se componga con los siguientes miembros:

I) MESA 1:

Presidente: Titular: D. Esteban Morales Sánchez, Alcalde Presidente de la Corporación.

Suplentes:

1. Dª. Ana María Carrillo Núñez, Concejala Delegada de la Presidencia, Hacienda, Personal y Turismo.

2. Dª. Verónica Morillo Baena, Concejala Delegada de Infraestructuras, Urbanismo, Medio Ambiente y Atención a la Dependencia.

3. D. Francisco Santiago Morales Cabello, Concejal Delegado de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana.

4. D. José Antonio Gómez Morillo, Concejal Delegado de Deportes, Salud y Gobierno Abierto.

Secretario:

Titular: Dª. Inmaculada Berral Prieto, Técnico de Administración General.

Suplentes:

1. Dª. Gema Baena Janini, Economista Municipal.

2. D. Francisco Cabezas Jiménez, Técnico de Administración Especial, Economista.

Vocal 1:

Titular: Dª. Carmen López Prieto, Secretaria General de la Corporación.

Suplente: Dª. Alba María Pedraza Luna, Técnico de Administración General.

Vocal 2:

Titular: Dª. Juana María Jiménez Luque, Interventora de la Corporación.

Suplentes:

1. D. Pedro Díaz Gómez, Técnico de Administración General, Rama Económica.

2. Dª. Lucía Palma Reina, Administrativo de Administración General.

3. Dª. María del Carmen Palma Roldán, Auxiliar Administrativo de Administración General.

Vocal 3:

Titular: D. José Delgado Cuenca, Arquitecto Municipal.

Suplentes:

1. D. Tomás Espejo García, Arquitecto Municipal.

2. D. José Miguel Rodríguez Humanez, Ingeniero Técnico Industrial Municipal.

Vocal 4:

Titular: D. Rafael Bautista Franco Ruiz, Arquitecto Técnico Municipal.

Suplentes:

1. D. Francisco Márquez Marín, Arquitecto Técnico Municipal.

2. Dª. Mónica Lavado Fernández, Arquitecto Municipal.

II) MESA 2:

Presidente: Titular: D. Esteban Morales Sánchez, Alcalde Presidente de la Corporación.

Suplentes:

1. Dª. Ana María Carrillo Núñez, Concejala Delegada de la Presidencia, Hacienda, Personal y Turismo.

2. Dª. Verónica Morillo Baena, Concejala Delegada de Infraestructuras, Urbanismo, Medio Ambiente y Atención a la Dependencia.

3. D. Francisco Santiago Morales Cabello, Concejal Delegado de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana.

4. D. José Antonio Gómez Morillo, Concejal Delegado de Deportes, Salud y Gobierno Abierto.

Secretario:

Titular: Dª. Alba María Pedraza Luna, Técnico de Administración General.

Suplentes:

1. Dª. Gema Baena Janini, Economista Municipal.

2. D. Francisco Cabezas Jiménez, Técnico de Administración Especial, Economista.

Vocal 1:

Titular: Dª. Carmen López Prieto, Secretaria General de la Corporación.

Suplente: Dª. Inmaculada Berral Prieto, Técnico de Administración General.

Vocal 2:

Titular: Dª. Juana María Jiménez Luque, Interventora de la Corporación.

Suplentes:

1. D. Pedro Díaz Gómez, Técnico de Administración General, Rama Económica.

2. Dª. María del Carmen Palma Roldán, Auxiliar Administrativo de Administración General.

3. Dª. Lucía Palma Reina, Administrativo de Administración General.

Vocal 3:

Titular: D. José Delgado Cuenca, Arquitecto Municipal.

Suplentes:

1. D. José Miguel Rodríguez Humanez, Ingeniero Técnico Industrial Municipal.

2. D. Tomás Espejo García, Arquitecto Municipal.

Vocal 4: Titular: D. Rafael Bautista Franco Ruiz, Arquitecto Técnico Municipal.

Suplentes:

1. D. Francisco Márquez Marín, Arquitecto Técnico Municipal.

2. Dª. Móni

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