Boletín nº 216 (13-11-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 4.041/2019
Don Juan Pérez Guerrero, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), hace saber:
Que por el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 8 de noviembre de 2019, se ha adoptado acuerdo provisional de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales.
MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE:
A) TASAS:
1. Tasa por celebración de Bodas Civiles.
Dicho acuerdo provisional y ordenanzas anteriormente relacionadas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, quedan expuestas al público durante treinta días, contados a partir de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, período dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Finalizado el período de exposición sin que se hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lucena, 11 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.