Boletín nº 220 (19-11-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 4.085/2019

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 5 de noviembre de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«QUINTO. APROBAR, SI PROCEDE, PROPUESTA DE ALCALDÍA RELATIVA A LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CÓRDOBA) Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Por el Sr. Alcalde-Presidente, D. Antonio Granados Miranda, se da cuenta al resto de miembros del Pleno Corporativo asistentes, de la propuesta relativa al asunto de referencia, cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

«Expte. GEX número 6346-2019

PROPUESTA DE ALCALDÍA, RELATIVA A LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CÓRDOBA) Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Pleno del Ayuntamiento de La Carlota aprobó, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de enero de 2018, la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de La Carlota y sus Organismos Autónomos, así como sus correspondientes anexos, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 29, de fecha 9 de febrero de 2018, siendo de aplicación en su totalidad.

La Relación de Puestos de Trabajo (RPT), ha de ser un instrumento dinámico que las corporaciones locales deben modificar cuando no responda a una prestación eficiente de los servicios públicos, respetando siempre los límites presupuestarios.

Tras la aprobación de la RPT del Ayuntamiento y sus Patronatos con fecha enero de 2018, se ha podido comprobar que existen aspectos de la misma que han de ser modificados, bien por exigencias de la propia normativa legal al respecto o por considerar que pueden ser mejorados en beneficio de los trabajadores y en último término de este Ayuntamiento y de sus Organismos Autónomos.

Previa aprobación por la mesa general de negociación de este Ayuntamiento, se pretende la modificación de la referida relación de puestos de trabajo previa propuesta de la Sra. Concejala-Delegada del Área de Personal, que de forma resumida, se detalla a continuación:

- Creación y valoración de los siguientes puestos de trabajo: tres puestos de Técnico Superior de Tesorería, Servicios Generales y Personal, un puesto de jefe negociado de gestión de nóminas e incidencias de empleados, un puesto de administrativo negociado de gestión de nóminas e incidencias de empleados y un puesto de auxiliar de servicios múltiples.

- Modificación de puestos de trabajo que se resume en lo siguiente:

Incremento del nivel de complemento de destino en los puestos de trabajo de técnico de gestión de personal y subinspector jefe de la Policía Local.

Modificación del grupo de clasificación en el puesto de trabajo de encargado de mantenimiento de piscina y para los puestos de monitores deportivos del Patronato Municipal de Deportes.

Incremento del complemento específico de los puestos de Secretaría General e Intervención.

Incremento del complemento específico en todos los puestos de trabajo del Patronato Municipal de Cultura.

Modificación de la jornada de trabajo en los puestos de trabajo de Educadora y Auxiliar de Ludoteca del Patronato de Municipal de Servicios Sociales.

Reclasificación del puesto de trabajo de Policía Administrativo como Policía Local.

Vistas las actas de las sesiones celebradas por la Mesa General de Negociación (Mesa de de Permanente), en sesiones celebradas los días, 7 de noviembre de 2018, 19 de diciembre de 2018, 5 de febrero de 2019, 12 de agosto de 2019 y 23 de septiembre de 2019.

Vista la propuesta de modificación de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento y sus organismos autónomos, suscrita por la Concejala-Delegada del Área de Personal, de fecha 27 de septiembre de 2019, así como las fichas de valoración de puestos de trabajo objeto de modificación suscritas con fecha 24 de octubre de 2019 y 4 de noviembre de 2019.

Visto informe Técnico de Gestión de Personal número 94-2019, de fecha 27 de septiembre de 2019.

Visto el informe de Secretaría número 49/2019, de fecha 16 de octubre de 2019, sobre la modificación propuesta de la relación de puestos de trabajo.

Considerando que, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.1-c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, serán objeto de negociación los "sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos".

Considerando que a tenor de lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), la planificación de los Recursos Humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

Considerando que la planificación de los Recursos Humanos es una de las manifestaciones de la potestad de autoorganización reconocida a los Entes Locales por los artículos 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) y 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), y que las Relaciones de Puestos de Trabajo son instrumentos de apoyo a esa planificación.

Considerando que dicha potestad es una potestad discrecional pero no absoluta, pues como todo poder o potestad está sometido a unos límites: los imperativos constitucionales y la reserva de ley. Además, que toda decisión discrecional -como toda la actuación de la Administración- ha de estar suficientemente motivada y perseguir la satisfacción del interés general.

Considerando que la propuesta de modificación puntal de la RPT en vigor que se somete a consideración por el Pleno Municipal persigue la satisfacción de los intereses municipales y está suficientemente justificada; así como que se ha seguido el preceptivo trámite de negociación con los representantes de los trabajadores.

Considerando que la aprobación de la RPT y, consecuentemente, de sus modificaciones corresponde al Ayuntamiento Pleno, en virtud de lo previsto en el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, sin que tal atribución pueda ser objeto de delegación.

Atendido lo anterior, propongo al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo vigente del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) y sus Organismos Autónomos, en lo que se refiere a los puestos de trabajo cuyas fichas se encuentran en el expediente suscritas por la Concejala-Delegada del Área de Personal, con fecha 24 de octubre de 2019 y 4 de noviembre de 2019 y en la forma indicada en el Anexo I, Anexo II, Anexo III y Anexo IV, anexos que obran en su expediente y figuran firmados por la Jefa del Negociado del Área de Personal, con fecha 27 de septiembre de 2019.

Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el portal de transparencia del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), para su público conocimiento.

Tercero. Supeditar la eficacia del presente acuerdo a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ello.

Cuarto. Remitir en el Plazo de treinta días desde la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, copia de la misma a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma.

Quinto. Cualquier error u omisión contenidos en la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo será subsanado en sucesivos Acuerdos Plenarios, tras su detección y estudio por la Mesa General.

Sexto. Las futuras modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo serán objeto de estudio y negociación de la Mesa General de manera previa a su elevación al Pleno Corporativo para su aprobación definitiva.

Séptimo. Dar traslado del expediente al Negociado de Personal, a efectos de continuar su tramitación.

El Alcalde-Presidente, Antonio Granados Miranda. [Fecha (04/11/2019) y firma electrónicas]».

&///&

Una vez que la Corporación quedó debidamente enterada de todo ello, el Sr. Alcalde-Presidente sometió a votación el punto, acordándose por unanimidad de los Concejales/as presentes, con el voto de quince (15) Concejales/as, es decir, el voto a favor de diez (10) Concejales/as del Grupo Político Municipal P.S.O.E.; el voto a favor de tres (3) Concejales/as del Grupo Político Municipal P.P.; el voto a favor de una (1) Concejala del Grupo Político Municipal Ciudadanos y el voto a favor de una (1) Concejala del Grupo Político Municipal IU-Andalucía, la adopción de los acuerdos que se incluyen en la propuesta antes transcrita y en los términos en ella reflejados».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

La Carlota a 12 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde,

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