Boletín nº 225 (26-11-2019)

IV. Junta de Andalucia

Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Córdoba

Nº. 4.127/2019

Convenio o Acuerdo: Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Expediente: 14/01/0200/2019

Fecha: 15/11/2019

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Antonio Ruiz González

Código 14103650012019

Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito por la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ., Ángel Herrador Leiva.

CONVENIO COLECTIVO POR EL QUE SE REGULAN LAS RELACIONES LABORALES ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA Y EL PERSONAL LABORAL QUE PRESTA SU SERVICIO EN EL MISMO

ÍNDICE

PREÁMBULO: PARTES QUE LOS CONCIERTAN

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. Base jurídica

Artículo 2. Ámbito funcional

Artículo 3. Ámbito personal

Artículo 4. Ámbito temporal

Artículo 5. Incremento y revisión salarial

Artículo 6. Condiciones más beneficiosas

Artículo 7. Comisión de seguimiento

Artículo 8. Absorción y compensación

Artículo 9. Vinculación a la totalidad

Artículo 10. Igualdad de oportunidades y no discriminación

CAPÍTULO II. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

Artículo 11. Criterios inspiradores de la organización del trabajo

Artículo 12. Relaciones de puestos de trabajo

Artículo 13. Clasificación profesional.

Artículo 14. Plan integral de recursos humanos

CAPÍTULO III. SELECCIÓN DE PERSONAL Y PROVISIÓN DE PUESTOS

Artículo 15. Oferta de empleo público

Artículo 16. Incompatibilidades

Artículo 17. Periodo de prueba

Artículo 18. Personal con discapacidad

Artículo 19. Selección del personal

Artículo 20. Modalidad de contratación

Artículo 21. Promoción interna

Artículo 22. Movilidad funcional

Artículo 23. Otras formas de movilidad

Artículo 24. Provisión de puestos de trabajo

CAPÍTULO IV. JORNADA Y HORARIOS

Artículo 25. Jornada laboral y horarios de trabajo

Artículo 26. Trabajos realizados fuera de la jornada laboral (horas extraordinarias)

Artículo 27. Servicios permanentes

CAPÍTULO V. CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

Artículo 28. Permisos y reducciones de jornada por motivos familiares

CAPÍTULO VI. VACACIONES, PERMISOS Y EXCEDENCIAS

Artículo 29. Vacaciones

Artículo 30. Permisos retribuidos

Artículo 31. Otros permisos retribuidos

Artículo 32. Domingos, festivos y festivos especiales

Artículo 33. Permisos no retribuidos

Artículo 34. Excedencias.

CAPÍTULO VII. MEJORA SOCIALES Y LABORALES

Artículo 35. Procesos de Incapacidad Temporal (IT)

Artículo 36. Garantías

Artículo 37. Reinserción laboral

Artículo 38. Reconversión de puestos de trabajo

Artículo 39. Formación profesional

Artículo 40. Ayudas por fallecimiento y sepelio

Artículo 41. Incentivos a la jubilación

Artículo 42. Jubilación obligatoria

Artículo 43. Jubilación voluntaria

Artículo 44. Prestaciones médico-farmacéuticas

Artículo 45. Anticipos reintegrables

Artículo 46. Otras mejoras sociales

Artículo 47. Ayudas por estudios

CAPÍTULO VIII. SEGURIDAD E HIGIENE

Artículo 48. Deberes en materia de seguridad e higiene

Artículo 49. Comité de Salud Laboral

Artículo 50. Competencias y facultades del Comité de Salud Laboral

Artículo 51. Reuniones del Comité de Seguridad y Salud

Artículo 52. Revisiones médicas

Artículo 53.Botiquín de primeros auxilios

Artículo 54. Obligaciones y derechos de la empresa y el personal en materia de seguridad e higiene

CAPÍTULO IX. DERECHOS SINDICALES

Artículo 55. Representación legal

Artículo 56. De las Secciones Sindicales

Artículo 57. Representantes del Personal

Artículo 58. Garantías sindicales

Artículo 59. Funciones

Artículo 60. Competencias

Artículo 61. Derecho de reunión

Artículo 62. Procedimiento de negociación de los servicios mínimos

Artículo 63. Disposiciones generales en materia de derechos sindicales

CAPÍTULO X. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 64. Disposiciones generales

Artículo 65. Faltas muy graves

Artículo 66. Faltas graves

Artículo 67. Faltas leves

Artículo 68. Sanciones

Artículo 69. Prescripción

Artículo 70. Procedimiento sancionador

CAPÍTULO XI. ESTRUCTURA SALARIAL

Artículo 71. Disposición general

Artículo 72. Negociación y aplicación de retribuciones

Artículo 73. Normas generales y comunes del régimen de retribuciones

Artículo 74. Conceptos retributivos

Artículo 75. Sueldo

Artículo 76. Trienios o antigüedad

Artículo 77. Pagas extraordinarias

Artículo 78. Complemento de destino

Artículo 79. Complemento específico

Artículo 80. Complemento de productividad

Artículo 81. Percepción complemento de productividad y de las gratificaciones especiales

CLÁUSULAS ADICIONALES

ANEXO I. HERRAMIENTAS Y ROPA DE TRABAJO

Preámbulo: Parte que lo conciertan

El presente Convenio Colectivo se concierta entre el Excelentísimo Ayuntamiento de Priego de Córdoba y quienes representan al personal laboral a su servicio

Por la Corporación:

Dª María Luisa Ceballos Casas, Alcaldesa-Presidenta (PP).

D. Juan Ramón Valdivia Rosa, Portavoz del Partido Popular (PP).

Dª Encarnación Valdivia Barea, Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido Ciudadanía.

D. José Manuel Mármol Servián, Portavoz del Partido Socialista (PSOE).

Representantes del personal laboral:

Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores/as (UGT), Dª María del Carmen Gómez Ortiz.

Sección Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), Dª Beatriz Gutiérrez Montes.

Central Sindical Independiente de Funcionarios/as CSIF, Dª Clara María Cabezas Zurita.

Capítulo I

Disposiciones generales y ámbito de aplicación

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