Boletín nº 226 (27-11-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente La Lancha

Nº. 4.232/2019

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 23 de octubre de 2019 adoptó el siguiente acuerdo:

3º. PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA LEGALIZACIÓN DE EDIFICACIONES MUNICIPALES Y REFORMA DE SALÓN POLIVALENTE.

&...

Tras lo cual, el Pleno Municipal, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 43.1e) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

1º. Declarar la utilidad pública de la actuación de Interés Público consistente en la Legalización de Edificaciones Municipales (Residencia de la Tercera Edad) y Reforma de Nave destinada a Salón Polivalente, promovida por este Ayuntamiento, con emplazamiento en la parcela 494 del polígono 1 del término municipal de Fuente la Lancha, referencia catastral 14028A001004940000JD, por tratarse de equipamientos públicos de carácter asistencial y recreativo, ambos de titularidad pública, que pretenden mejorar la calidad de vida de los vecinos del municipio y responden, en el caso de la Residencia de la Tercera Edad a una demanda manifiesta de infraestructuras de este tipo, dado a la vez el incremento del colectivo de personas mayores y la inexistencia de plazas vacantes en los centros de poblaciones cercanas que, además cuentan con importantes listas de espera; y respecto al Salón Polivalente, la utilidad pública resulta justificada por ser la única infraestructura que satisface la necesidad de contar con un espacio para desarrollar actividades culturales, recreativas y de ocio en el municipio, con dimensiones y capacidad suficientes para albergar gran número de personas. Al mismo tiempo, la puesta en marcha de dichas edificaciones supondrá un motor de desarrollo importante en la población, con la creación de puestos de trabajo directos e indirectos para gestionar las actividades y servicios propios de ambas infraestructuras.

2º. Considerar justificada la procedencia o necesidad de su implantación en suelo no urbanizable, al tratarse de edificaciones ya construidas en dicha tipología de suelo debido a la carencia en el municipio de Fuente la Lancha de suelo urbano con la envergadura suficiente para alojar las citadas edificaciones.

3º. Aprobar el Proyecto de Actuación de Interés Público para la Legalización de Edificaciones Municipales y Reforma de Salón Polivalente promovido por este Ayuntamiento, con emplazamiento en la parcela 494 del polígono 1 del término municipal de Fuente la Lancha, referencia catastral 14028A001004940000JD, aplicando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en Suelo No Urbanizable de la provincia de Córdoba, la exención del cumplimiento de las condiciones particulares de implantación y edificación referidas a distancia a núcleo urbano, a otras edificaciones y separación a linderos, recogidas en los artículos 41 y 48 de las mismas, en relación con el 24 de la Delimitación de Suelo Urbano de este municipio, no habiendo posibilidad de formación de núcleo de población dado que no existe ninguna actuación parcelatoria que pueda llevar aparejado dicho riesgo, previéndose su incorporación a un sistema general de equipamientos en el futuro Plan General de Ordenación Urbana.

4º. Exonerar al Ayuntamiento de Fuente la Lancha, como promotor de la actuación, del pago de la prestación compensatoria, en virtud del artículo 52.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, quedando también exento de la exigencia de licencia urbanística.

5º. Dar traslado del presente acuerdo a la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y publicar el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor del art. 43.1f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Fuente la Lancha a 23 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Chaves Muñoz.

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