Boletín nº 227 (28-11-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 4.090/2019
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: 232/18 Negociado: IN
Ejecución N.º: 98/2019. Negociado: MR
De: D. Zacarías Gheggari
Contra: El Anticuario de Córdoba S.L.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 98/2019, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Zacarias Cheggari contra El Anticuario de Córdoba S.L., en la que con fechas 3/9/18 y 26/9/19 se ha dictado Auto despachando ejecución y Decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Auto
Parte dispositiva
S.Sª. Ilma. dijo: Se despacha ejecución general de la resolución dictada en autos, Sentencia nº 309/2018, de fecha 17 de octubre de 2018, que es firme, a instancia de D. Zacarías Cheggari, frente El Anticuario de Córdoba, S.L., con CIF B-14.932.875, por la cantidad de 1.600,32 euros de principal, más otros 160,03 euros inicialmente presupuestados para costas y 80,01 euros presupuestados para intereses, además de las costas del fundamento 4º de la Sentencia (límite de 600 euros), lo que hace un total de 2.440,36 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación.
Decreto
Parte dispositiva
Acuerdo:
a) Declarar a la entidad ejecutada El Anticuario de Córdoba con CIF B-14.932.875, en situación de insolvencia, que se entenderá a todos los efectos como provisional, por la cantidad de 2.440,36 euros de principal.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Y para que sirva de notificación en forma a El Anticuario de Córdoba S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, 5 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, María del Pilar Loroño Zuloaga.