Boletín nº 232 (05-12-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.208/2019

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 571/2019 Negociado IN

De: Don Francisco Carrillo Gomez

Abogado: Don Alfredo Gabriel Limonchi López

Contra: Valorizaciones del Genil SL y Fogasa

DOÑA MARIA PILAR LOROÑO ZULOAGA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 571/2019 a instancia de la parte actora don Francisco Carrillo Gómez contra Valorizaciones del Genil SL y Fogasa sobre Despidos/Ceses en general y Cantidad se ha dictado Sentencia Nº 385/2019 de fecha 04/11/2019 cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de despido formulada por don Francisco Carrillo Gómez contra la mercantil Valorizaciones del Genil SL, debiendo declarar y declarando que la extinción del contrato de trabajo con fecha 10/4/19 tiene la consideración de un despido improcedente y declarando a su vez la extinción de la relación laboral a fecha de la presente, condenando a la demandada al abono de las siguientes cantidades, más la costas del FD 8º de esta Sentencia:

-Indemnización legal: 6.630,19 €.

-Indemnización mejorada por contrato: 86.249,92 €

-Salarios de tramitación: 22.904,31 €.

El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir y no gozar de exención legal, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Entidad B. Santander, (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 057119 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de Sentencia al demandado Valorizaciones del Genil SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 4 de noviembre de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Pilar Loroño Zuloaga.

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