Boletín nº 233 (10-12-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 4.382/2019
Don Juan Pérez Guerrero, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (córdoba), hace saber:
Primero. Que por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2019, se ha adoptado acuerdo provisional de modificación de Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación de los Servicios del Vivero de Empresas del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (BOP nº 197 de 15 de octubre de 2019).
Una vez finalizado el período de exposición pública del mismo, seguida la tramitación prevista en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y no habiéndose producido reclamaciones, se entiende definitivamente adoptado el citado acuerdo de Pleno.
Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de la antedicha Ley, se da publicidad a los textos íntegros de la Ordenanza modificada, que quedan anexadas al presente anuncio.
Lucena, 4 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL VIVERO DE EMPRESAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA.
Artículo 1. Fundamento
En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 4.1 a) y b) y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en los artículos 41 a 47 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se establece el Precio Público por la Prestación de los Servicios del Vivero de Empresas.
Artículo 2. Objeto
La presente ordenanza tiene por objeto la regulación del Precio Público que han de abonar los beneficiarios del centro de desarrollo empresarial denominado Vivero de Empresas, los servicios que preste el Ayuntamiento de Lucena en aras de:
a) Favorecer el ecosistema emprendedor, el alumbramiento de nuevos proyectos empresariales y la consolidación y solvencia de iniciativas emprendedoras, que demuestren tener problemas para la supervivencia y en general, de sociedades que formen parte del tejido empresarial local.
b) Favorecer la generación de empleo.
c) Fortalecer la estructura productiva local, favoreciendo la innovación.
d) Generar un instrumento idóneo en instalaciones y servicios que permita a las iniciativas empresariales situarse en las condiciones de mercado para competir.
e) Contribuir a la dinamización del Polígono Industrial Pilar de la Dehesa de Lucena.
Artículo 3. Los servicios
El Vivero de Empresas de Lucena ofrecerá los siguientes servicios:
a) El aprovechamiento especial por la ocupación de naves y oficinas dotadas de la infraestructura básica necesaria (iluminación, electricidad en tarifa básica y comunicaciones).
b) El aprovechamiento de otros espacios o instalaciones del vivero, con o sin coste adicional:
-Recepción, administración y control de accesos.
-Zona de Reprografía (fotocopiadora).
-Fax.
-Internet.
-Sala de espera.
-Sala de reuniones.
-Aulas de formación.
-Zona Office.
c) La prestación de servicios complementarios de limpieza o mantenimiento, asesoramiento y formación.
Su funcionamiento se regirá por el Reglamento de Régimen Interno del Vivero de Empresas de Lucena.
Artículo 4. Obligados al pago
Estarán obligadas al pago de este precio público las personas físicas y jurídicas, así como las Entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que disfruten, utilicen o aprovechen los servicios e instalaciones del Vivero de Empresas de Lucena.
Artículo 5. Tarifas
La cuantía del precio público se tarifará de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla:
Dependencia |
Superficie |
Importe mensual |
Oficina Individual (Oficina 2) |
12,07 metros cuadrados |
175,00 € |
Oficina compartida (Oficina 1) |
21,34 metros cuadrados |
115,00 € |
Oficina compartida (Oficina 3) |
21,12 metros cuadrados |
115,00 € |
Nave 1 |
153,09 metros cuadrados |
275,00 € |
Nave 2 |
62,90 metros cuadrados |
210,00 € |
Limpieza oficinas |
15,00 €/mes/puesto |
|
Limpieza nave 1 |
40,00 €/mes |
|
Limpieza nave 2 |
30,00 €/mes |
|
Formación |
32,12 metros cuadrados |
10,00 €/hora. (Máximo 5h/día) |
El importe de las tarifas arriba indicadas implica la puesta a disposición de los usuarios de los servicios comunes del Vivero, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Régimen Interno del Vivero de Empresas de Lucena.
Adicionalmente se establece que el precio por el uso de elementos variables, como la fotocopiadora, se liquidará de conformidad a los siguientes importes:
Fotocopiadora: 0,03 € /copia.
La cuantía de los precios públicos anteriormente relacionados serán IVA excluido.
Artículo 6. Gestión del cobro
El Ayuntamiento de Lucena, una vez iniciada la prestación del servicio, entendiendo a estos efectos que el inicio coincide con el día de la firma del acta de entrega de las instalaciones, procederá a aprobar la liquidación que corresponda, en la que constará los datos precisos para la determinación del importe correspondiente a la mensualidad que en la misma se indique.
La periodicidad de las liquidaciones será mensual, y se emitirá y notificará para su ingreso dentro de los diez primeros días de cada mes.
El importe correspondiente al mes de inicio será prorrateado en función de los días que resten hasta el último día del mes y se pasará al cobro junto con la primera liquidación de la primera mensualidad subsiguiente.
También procederá el prorrateo en los supuestos de cese, salvo que el servicio no se preste por causas imputables al obligado al pago, y cuando, pudiendo hacerlo, el obligado no comunique el cese antes del día diez o inmediato hábil siguiente, del mes anterior a aquel en que haya de producirse. En cualquier caso se entenderá que dicho cese coincide con el día correspondiente a la firma del Acta correspondiente a