Boletín nº 235 (12-12-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Belalcázar
Nº. 4.400/2019
Don Francisco Luis Fernández Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), hace saber:
Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2019, aprobó inicialmente expediente de modificación de crédito número 9/2019 del Presupuesto Municipal 2019, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a las diferentes Áreas de Gasto.
El expediente ha estado expuesto de manifiesto en la Secretaría General del Ayuntamiento durante quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de la aprobación inicial de este expediente de modificación de crédito en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, no habiéndose presentado en dicho plazo alegaciones o reclamaciones al mismo.
De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 169 y 179 del real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; y 127 del texto refundido del Régimen Local, de 18 de abril de 1986, se eleva a definitiva la aprobación del expediente de modificación de crédito número 9/2019, del Presupuesto Municipal de 2019, insertando a continuación lo siguiente:
Se proponen transferencias entre distintos grupos de función, siendo de aplicación las normas sobre información, reclamaciones y publicidad aplicables a los Presupuestos del Ayuntamiento, así como el régimen de recursos contenciosos-administrativos contra los mismos:
A) AUMENTO EN GASTOS
Aplicación presupuestaria y denominación |
Consignación anterior Euros |
Aumento Euros |
Consignación actual Euros |
920. 14301. Otro Personal |
28.630,00 € |
45.000,00 € |
73.630,00 € |
TOTAL |
45.000,00 € |
B) DEDUCCIONES EN GASTOS
Aplicación presupuestaria y denominación |
Consignación anterior Euros |
Aumento Euros |
Consignación actual Euros |
241. 60971. Programa Anual de Concertación y Empleo |
158.808,50 € |
45.000,00 € |
113.808,50 € |
TOTAL |
45.000,00 € |
Del expediente de modificación de crédito definitivamente aprobado, se remitirá copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer directamente contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 9/2019, del Presupuesto Municipal 2019, Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establezcan las normas de dicha Jurisdicción.
Belalcázar, 5 de diciembre de 2019. El Alcalde, Fdo. Francisco Luis Fernández Rodríguez.