Boletín nº 242 (23-12-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Espejo

Nº. 4.523/2019

Por Resolución de Alcaldía 2019/00000912, de fecha 12 de diciembre de 2019, se han aprobado las bases y la convocatoria para cubrir por promoción interna y mediante concurso-oposición DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA ESPEJO, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL TURNO DE «PROMOCIÓN INTERNA» PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA ESPEJO, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016.

Primera. Objeto de la convocatoria

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias

Cuarta. Admisión de aspirantes

Quinta. Tribunal Calificador

Sexta. Sistemas de selección, desarrollo del proceso y calificación de las pruebas

a) Fase de Oposición

b) Fase de Concurso

Séptima. Calificación final

Octava. Relación de aprobados y nombramientos

Novena. Incidencias

Anexo I. Temario

Anexo II. Solicitud

Anexo III. Autobaremación

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de dos (2) plazas de Administrativo, Escala de Administración General, incluidas en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2016, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha nº 2016/00000686 de 9 de agosto de 2016, corregida mediante Resolución de Alcaldía n.º 2018/00000429, de 6 de julio de 2018, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba n.º 138, de fecha 19 de julio de 2018, cuyas características son:

- Grupo: C; Subgrupo: C1; Escala: Administración General; Subescala: Administrativa; Número de vacantes: 2.

Los aspirantes que obtengan las plazas quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades actualmente vigentes.

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes

Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los siguientes requisitos, además de los requisitos generales:

1) Ser personal funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Espejo.

2) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, F.P.2º o equivalente. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos para su expedición.

Se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17 de junio de 2009), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Se podrá poseer, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.

Para este cómputo se tendrán en cuenta los servicios prestados como funcionario de carrera y los prestados como funcionario interino de conformidad con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 8 de septiembre de 2011, asunto C- 177/10.

3) Poseer los requisitos exigidos para el ingreso y tener una antigüedad de al menos, dos años de servicio activo como funcionario/a de carrera en plaza del Subgrupo C2 incluida en la Escala de Administración General. A estos efectos, los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas, en Cuerpos o Escalas del mismo Subgrupo de titulación desde el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias

La convocatoria del proceso selectivo, juntamente con sus Bases íntegras se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, publicándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la sede electrónica, tablón de edictos, del Ayuntamiento de Espejo (https://www.espejo.es) y en el Boletín Oficial del Estado.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, conforme al Anexo II de las presentes bases, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes Bases referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Espejo, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, así como en las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de dicho Organismo antes de ser certificadas.

A la solicitud deberá unirse la siguiente documentación:

a) Anexo III. Autobaremación, conforme al modelo que se adjunta a las presentes bases.

b) Fotocopia (*) del Documento Nacional de Identidad.

c) Fotocopia (*) de la titulación exigida o del abono de las tasas por su expedición, en el caso de estar en condiciones de obtener la titulación correspondiente o documentación equivalente.

d) Fotocopia (*) acreditativa de los méritos que se aleguen.

(*) Las fotocopias que se aporten irán firmadas y llevarán en ellas la leyenda «Es copia fiel del original», en el anverso y reverso de la copia, con lo que el personal participante se responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada. En caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.

Cuarta. Admisión de aspirantes

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, así como las causas de su exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica y tablón de edictos, del Ayuntamiento de Espejo (https://www.espejo.es).

Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convengan. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen dicha exclusión o no aleguen omisión, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior se dictará Resolución de Alcaldía, y se publicará en la sede electrónica, tablón de edictos, del Ayuntamiento de Espejo (https://www.espejo.es), declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, y se hará constar, el lugar, fecha y hora de realización de los ejercicios de la fase de Oposición, así como la composición del Tribunal, anunciándose con al menos quince días hábiles de antelación a la fecha de comienzo del ejercicio.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre exclusión u omisión en la lista provisional y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.

Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria se llevarán a cabo a través de su publicación en la sede electrónica y tablón de edictos del Ayuntamiento de Espejo (https://www.espejo.es)

La Resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada Resolución cabrá interponer Recurso de Reposición ante el Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Espejo, con carácter potest

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