Boletín nº 245 (30-12-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 4.628/2019

El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

1º) Modificar el artículo 4º 2 A) f) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que queda redactado de la siguiente forma:

f) Cuando la Licencia sea solicitada para aquellas construcciones, instalaciones y obras que tengan como objeto exclusivo las energías renovables, tales como plantas solares (térmicas o fotovoltaicas) y plantas eólicas, así como las empresas que tengan como objeto exclusivo la producción de biomasa o biodiesel.

La bonificación será de hasta un 95% de la cuota que correspondiera satisfacer al sujeto pasivo. En la fijación del porcentaje, potestativo del Pleno de la Corporación Municipal, se atendrá al impacto de las mismas en el medioambiente y en la economía local.

El acuerdo provisional fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba mediante anuncio nº 3882/2019 de fecha 04/11/2019, en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil con fecha 30/10/2019, en el Diario Córdoba de fecha 08/11/2019. Habiendo transcurrido el plazo legalmente establecido desde su publicación y exposición al público, y no habiéndose producido reclamaciones al respecto, es por lo que se eleva a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional, insertándose a continuación el texto íntegro de la modificación, tal y como establece el artículo 17, apartado 4º, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzando su aplicación a partir del 1 de enero de 2020.

En Puente Genil, 23 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Esteban Morales Sánchez.

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