Boletín nº 245 (30-12-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Dos Torres
Nº. 4.635/2019
El Excmo. Ayuntamiento de Dos Torres, en sesión ordinaria de Pleno, celebrada con fecha 20 de Diciembre de 2.019, adoptó acuerdo de modificar el Reglamento Básico de Uso del Servicio de Ludoteca Municipal del Ayuntamiento de Dos Torres, en el siguiente artículo, según el requerimiento de anulación/subsanación de actos y disposiciones de las Entidades Públicas Andaluzas, remitido desde la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía:
- Supresión del siguiente texto en el Artículo 16. Sanciones
Las infracciones leves serán sancionadas con la expulsión de la ludoteca por plazo de una semana.
Las infracciones graves serán sancionadas con la expulsión de la ludoteca por el plazo de un mes y en su caso con una multa equivalente al coste de los daños causados al material o a las instalaciones.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con la expulsión definitiva de la ludoteca y en su caso con una multa equivalente al doble del coste de los daños causados al material o a las instalaciones.
- Añadir el siguiente texto en el Artículo 16. Sanciones
De acuerdo con el art. 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, las infracciones serán sanciones con la siguiente cuantía:
Infracciones muy graves: Hasta 3.000 €
Infracciones graves: Hasta 1.500 €
Infracciones leves: 750 €
Simultáneamente a la sanción, se le exigirá en virtud del art. 28 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y art. 85 de la Ley 39/2015, se exigirá la reposición o indemnización de los daños materiales causados como responsabilidad civil surgida.
En Dos Torres, 23 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Manuel Torres Fernández.