Boletín nº 245 (30-12-2019)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Sierra Morena Cordobesa
Córdoba

Nº. 4.702/2019

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de la Asamblea de la Mancomunidad de Municipios Sierra Morena Cordobesa, fecha 26 de noviembre de 2019, sobre el expediente de modificación de suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos, que se hace público resumido por capítulos:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

Disponibles

Suplemento

de crédito

Créditos
finales

454.131.00

Caminos Vecinales-Contratacion

Personal Laboral

23.981,21

10.627,85

34.609,06

454.160.00

Caminos Vecinales-

Seguridad Social

2.224,98

4.051,66

6.276,64

TOTAL

14.679,51

Suplementos en Conceptos de Mayores Ingresos

Aplicación

Descripción

Presupuestado

Inicialmente

Recaudación

Final

Mayores ingresos

Recaudados

349.00

Otros Precios Publicos

8.440,91

23.120,42

14.679,51

Total Ingresos

8.440,91

23.120,42

14.679,51

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Cerro Muriano, 27 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Preidente, Alfonso Expósito Galán.

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