Boletín nº 5 (09-01-2020)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 4.388/2019
Rfª. FSJ/Planeamiento 4.1.3 - 1/2015
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 24 de mayo de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el Modificado del Plan Parcial del Sector "Torreblanca" (M_PP.TB), promovido por la Junta de Compensación de la unidad de ejecución UE PP-TB-1 y redactado por José Sánchez-Pamplona García, de conformidad con lo dispuesto en el informe del Servicio de Planeamiento, de 6 de mayo del actual, que deberá adjuntarse al presente Acuerdo como motivación del mismo.
SEGUNDO. Someter el expediente a información publica por plazo de un mes, mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, en un Diario de mayor circulación de la Provincia y tablones de anuncios municipales y notificación personal a los interesados (se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 70 ter apartado 3 de la Ley 7/85).
TERCERO. Remitir el expediente a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, con el fin de que emita el informe previsto en el artículo 13.3.e del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, conforme a lo establecido en los artículo 31.2.C) y 32.1.2º y 3º de la LOUA.
CUARTO. Solicitar informe a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; a las Compañías suministradoras respectivas referentes a las infraestructuras previstas (Endesa, Emacsa, Telefónica); a Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a ADIF, a la Consejería de Medio Ambiente (Vías Pecuarias), a la unidad de Alumbrado Público del Área de Infraestructuras y al Departamento de Movilidad del Área de Seguridad del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
QUINTO. Requerir a los Promotores para que subsanen las deficiencias que pudieran resultar del periodo de información pública, todo ello antes de someter el expediente a su aprobación Provisional.
SEXTO. Asimismo, antes de la Aprobación Provisional, si procediera éste, deberá aportarse un Texto Refundido recogiendo las subsanaciones que, en su caso, se deriven de los informes que emitan los Órganos Sectoriales, Compañías Suministradoras, o de los Servicios u Oficinas Municipales.
Córdoba, 4 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Gerente, Luis C. Valdelomar Escribano.