Boletín nº 6 (10-01-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.514/2019

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 628/2019. Negociado IR

De: Don José Manuel Cordero Torrico

Abogado: Don Rafael Alberto Espejo Suarez

Contra: Sousa 1812 SL y Fogasa

DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN FUNCIONES DE SUSTITUCIÓN DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 628/2019 a instancia de la parte actora don José Manuel Cordero Torrico contra Sousa 1812 SL y Fogasa sobre despidos/ceses en general se ha dictado sentencia nº 401/19 de fecha 21/11/2019, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimando la demanda de despido y reclamación de cantidad formulada por don José Manuel Cordero Torrico contra la mercantil La Patería de Sousa 1812 SL (Actualmente Sousa 1812 SL), debiendo declarar y declarando que la extinción del contrato de trabajo con fecha 24/4/19 tiene la consideración de un despido improcedente y declarando a su vez la extinción de la relación laboral a fecha de la presente, condenando a la demandada al abono de las siguientes cantidades, más la costas del FD 8º de esta Sentencia:

-Indemnización: 4.816,85 €.

-Salarios de tramitación: 10.868,61 €.

-Retribuciones devengadas y no satisfechas: 7.622,11 €.

-Interés de mora: 751,99 €.

El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco dias hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir y no gozar de exención legal, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Entidad Banco Santander, (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 062819 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Sousa 1812 SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 2 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.

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