Boletín nº 10 (16-01-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 29/2020

El Pleno de esta Diputación, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2019, ha adoptado, entre otros, según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren, el siguiente acuerdo:

13. MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA PARA 2020 (GEX: 2019/43755):

Conocido el expediente epigrafiado, instruido en el Servicio de Recursos Humanos, en el que consta informe del Jefe de Servicio conformado por el Secretario General así como Propuesta del Sr. Diputado Delegado de Recursos Humanos de fecha de 13 de diciembre en curso, del siguiente tenor:

AL PLENO

En cumplimiento de la legislación de régimen local, se somete al Pleno la aprobación de las modificaciones a la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial de Córdoba correspondiente al ejercicio 2020. Conforme a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las modificaciones en la RPT se sometieron a la Mesa General de Negociación conjunta de personal funcionario y laboral y se han adoptado los acuerdos que figuran en las actas que obran en el expediente y que comportan una revisión de la Relación de Puestos de trabajo destinada a asegurar una mayor eficacia y calidad de los servicios, teniendo en cuenta que tal documento es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios.

Las modificaciones respecto a la Relación de Puestos de Trabajo se basan en las propuestas que se han planteado desde las distintas Delegaciones y recogen también proposiciones que parten de los representantes de los trabajadores y que se estiman convenientes para el conjunto de la organización.

Los acuerdos que dimanan de la Mesa General de Negociación son los que figuran en el Anexo I. En el Anexo II se determinan los sistemas de accesos a los nuevos puestos y en el Anexo III se especifican las características de cada uno de los puestos creados.

Junto con la Relación comprensiva de los puestos reservados a personal funcionario y laboral, se somete a aprobación la relación de puestos de trabajo reservados a personal eventual, que no es objeto de negociación colectiva y se deriva del acuerdo plenario sobre determinación del número, características y retribuciones sobre esta modalidad de empleado público.

En su virtud, se propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Aprobar las modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial que se han especificado, incluida la correspondiente a personal eventual.

2. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las modificaciones aprobadas, sin perjuicio de la inserción en el portal de transparencia de la RPT íntegra, conforme a la normativa de aplicación.

Finalmente de conformidad con lo dictaminado por la Comisión Informativa de Asistencia Económica a los Municipios, Hacienda y Gobierno Interior, el Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda prestar aprobación a la anterior Propuesta y, por tanto, adopta los dos acuerdos que en la misma se contienen

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno, de esta Diputación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

c) Cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente en defensa de sus intereses.

La publicación íntegra de la RPT para el ejercicio 2020 se realiza en la página web o sede electrónica de la Diputación de Córdoba, de conformidad con la Ordenanza de Transparencia y acceso a la información pública de la Diputación Provincial de Córdoba.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.

Córdoba, 7 de enero de 2020. El Presidente. PD. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Esteban Morales Sánchez.


Adjuntos: 29_anexos.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad