Boletín nº 10 (16-01-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 37/2020

Por Resolución de Alcaldía de fecha 8 de enero de 2020, se aprobaron las bases y la convocatoria para la contratación de una persona con la ocupación de Técnico de inventario de caminos municipales, en régimen de personal laboral temporal, en régimen de dedicación a tiempo completo y duración de 6 meses, al amparo de la Convocatoria de subvenciones a Entidades Locales para la elaboración del inventario de infraestructuras lineales para los ejercicios 2019-2020,

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

CONVOCATORIA PARA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TEMPORAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN OTORGADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA, EN SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 2019 DE LA "CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO DE INFRAESTRUCTURAS LINEALES PARA LOS EJERCICIOS 2019-2020

PRIMERA. OBJETO Y MODALIDAD DEL CONTRATO

Es objeto de la presente convocatoria la contratación de una persona con la ocupación de Técnico de inventario de caminos municipales, en régimen de personal laboral temporal, al amparo de la Convocatoria de subvenciones a Entidades Locales para la elaboración del inventario de infraestructuras lineales para los ejercicios 2019-2020.

La modalidad del contrato es obra o servicio determinado, regulada en el articulo 15.1 a) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

El carácter del contrato es temporal, en régimen de dedicación a tiempo completo y duración de 6 meses.

La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, en horario de mañana, preferentemente de lunes a viernes, con disponibilidad en función del servicio, y cuya retribución estará sujeta al importe del programa subvencionado.

La selección se efectuará mediante el sistema de concurso de méritos.

Las funciones del puesto serán:

La persona contratada revisará la información existente de los caminos municipales que actualmente están en fichas físicas y la confrontará con los datos del catastro o en poder de otras administraciones, para determinar los caminos municipales a inventariar.

En la mayoría de los caminos habrá una parte de trabajo de campo, en la que se desplazará y recorrerá los caminos para realizar las mediciones necesarias, comprobar su estado de conservación, toma de fotografías, ver equipamiento, posible ocupación, necesidades de mejora, etc.

Elaboración de la ficha de cada camino con la información mínima que dictamina la convocatoria y volcado de datos en la aplicación informática que pondrá a disposición la Diputación de Córdoba. Las labores de recopilación de datos e información para que el tratamiento de datos será homogéneo, cohesionado e interpretable por los usuarios.

SEGUNDA. REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS/AS ASPIRANTES

Las personas interesadas en formar parte de este Programa deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Publico aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. De acuerdo con el mismo, se exige:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) Estar en posesión de una titulación universitaria Licenciatura, Grado, Ingeniería ó Ingeniería Técnica y en caso de no poseerlo, estar en condiciones de obtenerlos antes de que termine el plazo de presentación de instancias.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleado público.

Los requisitos anteriormente enumerados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación.

Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza. El tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.

TERCERA. FORMA DE SELECCIÓN

Será seleccionado el aspirante que obtengan la mayor puntuación en el concurso.

En caso de empate en las calificaciones totales, éste se dirimirá dando preferencia al candidato/a que tenga mayor puntuación en el apartado titulación. En caso de persistir el empate, se seleccionará al candidato/a que tenga mejor calificación en el apartado de formación. De seguir persistiendo se dirimirá dando preferencia al candidato/a que tenga mayor puntuación en el apartado experiencia.

Los aspirantes que no entreguen la documentación, quedarán excluidos de este proceso selectivo.

CUARTA. PUBLICIDAD

Una vez aprobadas estas Bases se anunciaran en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, Tablón de Anuncios y en la página Web del Ayuntamiento.

QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

Las personas interesadas en formar parte de este Programa y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán presentar solicitud y documentación justificativa, que se dirigirá al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rute, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y tablón de anuncios electrónico de este Ayuntamiento. Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en la web municipal.

En las solicitudes para tomar parte en el correspondiente proceso selectivo, los aspirantes deberán indicar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, sus datos personales, dirección, así como un número de teléfono de contacto y, caso de contar con ella, una dirección de correo electrónico.

La solicitud deberá ir acompañada por:

-Copia del NIF, NIE y/o, en su caso, pasaporte.

-Currículum vitae, que incluirá, al menos, los siguientes apartados: datos personales, formación académica, formación complementaria y experiencia laboral.

-Informe de vida laboral.

-Documentación original o fotocopia acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.

SÉXTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo de cinco días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos así como excluidos y causas que han motivado la exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios electrónicos del Ayuntamiento y en la web municipal, se señalará un plazo de 10 días naturales para subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos/as de la convocatoria.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios electrónicos del Ayuntamiento y en la web municipal.

SÉPTIMA. CRITERIOS DE SELECCIÓN: BAREMO DEL CONCURSO DE MÉRITOS

La puntuación del concurso será distribuida entre los distintos apartados en la forma que se indica.

a) Titulación académica. La puntuación máxima de este apartado será 5 puntos.

    Por estar en posesión del título de licenciatura, grado o ingenier

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