Boletín nº 20 (30-01-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba

Nº. 180/2020

Doña Gema Elena González Nevado, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), hago saber:

Que el Pleno de la Corporación, en Sesión Extraordinaria celebradas del día 19/12/2019 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo cuyo tenor literal se transcribe a continuación:

1º. PUNTO SEGUNDO. APROBAR, SI PROCEDE, DELEGACIÓN A JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE CÓRDOBA EN MATERIA SANCIONADORA POR INFRACCIONES A LAS NORMAS DE CIRCULACIÓN.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa-Presidenta y procede a dar lectura a la propuesta de Alcaldía, cuyo tenor es el que sigue: Visto informe de la Policía Local del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba de fecha de 18 de noviembre de 2019, del que se desprende la insuficiencia de medios personales y materiales para el ejercicio de las competencias sancionadoras en materia de tráfico.

Considerando que según la falta de medios personales y materiales para la prevención y sanción de las infracciones de tráfico en vías urbanas, así como la consideración de que la Dirección Provincial de Tráfico ejerce, la competencia sancionadora en materia de tráfico, de manera más eficaz y eficiente, con los correspondientes efectos positivos sobre el respeto de las normas de circulación.

Considerando que el artículo 84 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad vial permite la delegación de las competencias municipales en materia sancionadora de tráfico a favor de la Jefatura Provincial de Tráfico en los siguientes términos:

"La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.

&&.

Los Jefes Provinciales de Tráfico y los órganos competentes que correspondan, en caso de Comunidades Autónomas que tengan trasferidas las funciones y servicios en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales no pueda ser ejercida por éstos".

Realizada la tramitación legalmente establecida y visto el informe de Secretaria de 12 de diciembre de 2019 y al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, del artículo 106.3 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de los artículos 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado mediante Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se propone que se adopten los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Delegar en la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas del municipio de Villaviciosa de Córdoba.

SEGUNDO. Solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba la asunción de las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas del municipio de Villaviciosa de Córdoba.

TERCERO. Notificar el presente acuerdo a los interesados a los efectos oportunos. Acto seguido, se somete el presente punto a votación, aprobándose por UNANIMIDAD de los/as concejales/as presentes, es decir, seis (6) concejales/as del Grupo PSOE, una (1) concejala del Grupo PP, dos (2) concejales/as del Grupo Cs y un (1) concejal del Grupo VOX el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Delegar en la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas del municipio de Villaviciosa de Córdoba.

SEGUNDO. Solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba la asunción de las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas del municipio de Villaviciosa de Córdoba.

TERCERO. Notificar el presente acuerdo a los interesados a los efectos oportunos.

Y para que conste y surta los efectos que procedan y a reserva de los términos que deriven de la aprobación del acta correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se expide el presente de orden y con el Visto Bueno de la Sra. Alcaldesa-Presidenta en Villaviciosa de Córdoba.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villaviciosa de Córdoba, 20 de enero de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Gema Elena González Nevado.

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