Boletín nº 25 (06-02-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 350/2020

No habiéndose producido reclamaciones respecto de la aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal número 19, reguladora del Precio Público por el Servicio de Piscina y Otras Instalaciones Deportivas Municipales, llevada a cabo por acuerdo de Pleno de fecha 28 de noviembre de 2019, de conformidad con lo expresado en el anuncio de exposición pública que tuvo lugar con fecha 16/12/2019 BOP número 237, dicho acuerdo provisional ha quedado elevado a definitivo, entrando en vigor a partir de su publicación íntegra en el referido Boletín Oficial de la Provincia, y a cuyos efectos se acompaña como Anexo el texto íntegro de la Ordenanza aprobada.

Contra esta elevación a definitivo cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma prevista en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.

ANEXO

ORDENANZA NÚMERO 19 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL ALQUILER DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNCIPALES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS. 2020.

Artículo 1. Concepto

De conformidad con lo previsto en artículo 127, en relación con el artículo 41 ambos del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por el alquiler de instalaciones deportivas municipales y prestación de servicios deportivos , que se regirá por la presente Ordenanza.

Artículo 2. Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza quienes se beneficien del alquiler de instalaciones deportivas municipales y servicios deportivos.

Artículo 3. Cuantía

I. La cuantía de la prestación patrimonial pública regulada por ésta Ordenanza será la fijada en la Tarifa del presente artículo:

Instalación: Campo de Fútbol CIUDAD DEPORTIVA CARLOS MACHADO

PRECIO

Tipo

Usuario

€ HORA

(la fracción será proporcional)

Sin luz

Asociaciones deportivas y/o grupos de menores de 16 años.

12,00 €

Sin luz

Grupos no asociados

19,00 €

Con luz

Asociaciones deportivas y/o grupos de menores de 16 años

19,00 €

Con luz

Grupos no asociados

25,00 €

- El campo de fútbol podrá dividirse en dos de Fútbol-7, siendo la tarifa el 50% del importe expresado en cada apartado anterior según las circunstancias.

Instalación: Pabellón Municipal de Deportes

PRECIO

Tipo

Sala de actividades

€ HORA

(la fracción será proporcional)

Sin luz

Asociaciones deportivas

  6,00 €

Con luz

Asociaciones deportivas

  8,00 €

Sin luz

Grupos no asociados

  8,00 €

Con luz

Grupos no asociados

10,00 €

Tipo

Salas didáctica y de pre calentamiento

Sin luz

Asociaciones deportivas

  3,50 €

Con luz

Asociaciones deportivas

  5,00 €

Sin luz

Grupos no asociados

  5,00 €

Con luz

Grupos no asociados

  7,00 €

Tipo

Sala polideportiva

Sin luz

Asociaciones deportivas

15,00 €

Con luz

Asociaciones deportivas

20,00 €

Sin luz

Grupos no asociados

20,00 €

Con luz

Grupos no asociados

23,50 €

Instalación: Sala cubierta JOSÉ MARÍA GARCÍA CAMACHO de la Ciudad Deportiva Carlos Machado

PRECIO

Tipo

Sala polideportiva

€ HORA

(la fracción será proporcional)

Sin luz

Asociaciones deportivas

13,50 €

Con luz

Asociaciones deportivas

16,50 €

Sin luz

Grupos no asociados

16,50 €

Con luz

Grupos no asociados

20,00 €

Instalación:Pistas de Pádel y Tenis - Ciudad Deportiva Carlos Machado

PRECIO

Tipo: unidad de alquiler 1 hora. Se podrá fraccionar en media hora.

€ HORA

(la fracción será proporcional)

Alquiler pista de pádel/tenis una hora sin luz

  8,00 €

Alquiler pista de pádel/tenis una hora con luz

10,00 €

Bono de 10 horas pistas (pádel-tenis) sin luz

60,00 €

Bono de 10 horas pistas (pádel-tenis) con luz

80,00 €

Instalación Piscina de Verano

Las entradas/cursos/abonos, sólo serán válidos durante la temporada en que se adquieren.

PRECIO €

Entrada única adulto =/> 14 años (laborables y festivos)

  3,00 €

Entrada única infantil (> 3 años y < 14 años) (laborables y festivos)

  1,50 €

Entrada única carné joven, pensionista (laborables y festivos)

  2,25 €

Bono 10 baños adultos (laborables y festivos) De carácter personal

22,50 €

Bono 10 baños infantil (> 3 años y < 14 años) (laborables y festivos) De carácter personal

11,25 €

Bono 10 baños carné joven, pensionista (laborables y festivos) De carácter personal

17,00 €

Bono de 20 baños adulto (laborables y festivos)

40,00 €

Bono de 20 baños infantil (> 3 años y < 14 años) (laborables y festivos)

20,00 €

Bono de 20 baños carné joven, pensionista (laborables y festivos) De carácter personal

30,00 €

Bono de 20 baños para grupos de actividades organizadas (cursos de verano, campus, etc.) en horas pactadas

30,00 €

CURSOS NATACIÓN Y NADO LIBRE

PRECIO €

Curso natación infantil infantil (< 14 años), pensionista, carné joven, (según sesiones) 1 sesión

2,3 €/sesión

Curso natación adulto (según sesiones) 1 sesión

2,5 €/sesión

Curso natación Agua Salud,En piscina de verano (específicos, para personas con alguna patología específica diagnosticada. 2,30 € /sesión

2,3 €/sesión

Curso natación Agua Salud, En piscina climatizada (específicos, para personas con alguna patología específica diagnosticada) 2,7€ /sesión

2,7 €/sesión

Curso natación personas con capacidad disminuida 10 sesiones En piscina de verano (curso específico) 1,5€ /sesión

1,5 €/sesión

Nado libre en horas habilitadas adulto En piscina de verano 1 hora

    2,00 €

Nado libre en horas habilitadas infantil ( < 14 años), pensionista, carné joven En piscina de verano, 1 hora

    1,50 €

Bonos 10 baños Nado libre en horas habilitadas adulto

En piscina de verano, 1 hora

  15,00 €

Bonos 20 baños Nado libre en horas habilitadas adulto

En piscina de verano, 1 hora

  26,00 €

Bonos 10 baños Nado libre en horas habilitadas infantil (< 14 años), pensionista, carné joven En piscina de verano, 1 hora

  12,00 €

Bonos 20 baños Nado libre en horas habilitadas infantil (< 14 años) pensionista, carné joven En piscina de verano, 1 hora

  20,00 €

ACTIVIDADES DIRIGIDAS

Curso actividades dirigidas adulto (según sesiones) 2,3 €/sesión (bonificación carné joven=pensionista según acuerdo carné joven)

    2,30 €

Cuota mes abono por persona sala fitness/actividades dirigidas en edificio piscina. Mínimo tres meses =/> 16 años (bonificación carné joven=pensionista según acuerdo carnet joven)

  22,00 €

ALQULER SALA EDIFICIO PISCINA

Precio hora alquiler sala de actividades edificio piscina (en horarios habilitados) sin luz

  10,00 €

Precio hora alquiler sala de actividades edificio piscina (en horarios habilitados) con luz

  12,00 €

Bono 10 horas alquiler sala de actividades edificio piscina (en horarios habilitados) sin luz

  90,00 €

Bono 10 horas alquiler sala de actividades edificio piscina (en horarios habilitados) con luz

102,00 €

Instalación: Centro de Tecnificación de Tenis de Mesa CIUDAD DEPORTIVA CARLOS MACHADO

Tipo

Sala de Juego en horarios habilitados por la gestora.

PRECIO € hora o fracción

Sin luz

Área de Juego (mesa de juego)

    2,50 €

Con luz

Área de Juego (mesa de juego)

    4,50 €

--

Pista completa hora para eventos deportivos

  25,00 €

--

Pista completa hora para actos no deportivos (**)

  70,00 €

--

Sala Múltiple hora (máximo 25 usuarios)

  20,00 €

--

Sala conferencias o aula hora (máximo 25 usuarios)

  25,00 €

--

Pista completa para eventos deportivos (*) Día

125,00 €

--

Suplemento vídeo proyector transparencias/diapositivas €/ Sesión

  50,00 €

Tipo

Residencia para jugadores y equipos

--

Apartamento equipado completo día (máximo 2 personas)

  40,00 €

--

Alojamiento en habitación 4-5 plazas día (por persona)

  18,00 €

(*) Precio IVA incluido.

(**) Previa autorización municipal.

II. Otros usos distintos a las actividades deportivas: En caso de autorización de usos para actividades extra deportivas no contempladas en el apartado anterior, que se otorgará discrecionalmente por la Junta de Gobierno Local, la tarifa por hora o fracción se fija en 150 €.

III. A los efectos de aplicación de éste artículo se seguirán las siguientes reglas:

a) 1. Los centros de enseñanza durante el horario lectivo y previa solicitud, podrán hacer uso de las instalaciones deportivas de forma gratuita, debiendo hacerse responsables de las actividades que organicen y aportando el personal necesario para su desarrollo.

2. En el caso de la piscina municipal y zonas anexas, los centros de enseñanza, sólo tendrán acceso gratuito en horario lectivo habilitado y si se acogen a los programas municipales (juegos deportivos, escuelas de iniciación, o cualquier otro que promueva, organice y/o patrocine el propio Ayuntamiento) dentro de los horarios y actividades diseñadas a tal efecto según la capacidad de las instalaciones.

b) Tendrán consideración de asociaciones deportivas las que figuren inscritas como tales en el Registro de Clubes Deportivos de la Comunidad Autónoma Andaluza y Registro Municipal de Asociaciones.

c) Para los casos en que los deportistas deseen hacer uso de sólo una zona de cualquiera de las salas, para lo que habrá de quedar separada la parte a utilizar de la que quede libre, la tarifa se reducirá en proporción a la superficie ocupada respecto del total, siendo la fracción mínima la de una novena parte de la superficie total de la pista polideportiva.

Se podrá alquilar un mínimo de una hora a la que se le puede sumar fracciones de media hora, siendo el precio de alquiler el de la hora más el equivalente a la mitad de la hora.

d) Como regla general, los/as poseedores/as del carnet joven europeo o local, tendrán una bonificación del 25% en servicios o entradas personales, sobre el precios públicos establecidos en la presente Ordenanza, excepto en los relativos a los servicio de la piscina municipal que serán los equiparables a los establecidos para pensionistas y en los que ya venga definido el precio específicamente o venga definida una bonificación porcentual única.

e) Las bonificaciones no serán en ningún caso acumulables.

f) Causas de devolución de la tasa en cursos:

- Casos de anulación de la misma por motivo no imputable al interesado, siempre y cuando no haya transcurrido más de 10 días, y no se haya cubierto más del 20% de la actividad.

- Casos de anulación por el acaecimiento de circunstancias sobrevenidas que no se pudieron prever en el momento de formalización de la matrícula. En este caso se devolverá la parte proporcional de la matrícula no disfrutada.

Artículo 4. Base

Se tomará como base para la percepción de este precio público, a las personas naturales o a las plazas individuales reservadas a las personas jurídicas beneficiarias de los servicios.

Artículo 5. Exenciones

1. Las actividades que organice directamente el Ayuntamiento o en colaboración con otras entidades y/o que figuren como parte del programa municipal de Deportes del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, estarán exentas de satisfacer los precios públicos reseñados en esta Ordenanza.

2. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se podrá determinar la entrada gratuita a grupos o entidades de interés sociocultural, si bien, para mayor agilidad en esta tramitación, el Delegado de Deportes, previo informe del técnico, podrá autorizar el uso de las instalaciones con la exención correspondiente, elevando propuesta a la Junta de Gobierno Local, para su conocimiento y resolución.

Artículo 6. Obligación de pago

1. La obligación de pago del precio público regulado en ésta Ordenanza, nace desde que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades comprendidas en el artículo 3º.

2. El pago del precio público se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate o al solicitar la utilización de las instalaciones y/o servicios.

Disposición Adicional

Este Ayuntamiento podrá delegar en la comunidad Autónoma, en la Diputación Provincial y Organismos Autónomos que dichas Administraciones Públicas tengan establecidas o establezcan al efecto, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria que le están atribuidas por Ley.

Disposición Final

La presente Ordenanza, una vez aprobada definitivamente, entrará en vigor el mismo día de su publicación íntegra, o de sus modificaciones, en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación a hasta tanto se acuerde su modificación o derogación.

Priego de Córdoba, 3 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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