Boletín nº 27 (10-02-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Almedinilla

Nº. 312/2020

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local con competencias delegadas del Pleno, celebrada con carácter ordinario el pasado día 21 de enero de 2020, se ha acordado la encomienda de gestión de la realización de las obras que a continuación se detallan, con indicación de sus requisitos.

«Por el Sr. Alcalde se da cuenta los presentes que este Ayuntamiento precisa realizar las obras de Consolidación de muros y pavimentos originales en el Poblado Íbero del Cerro de la Cruz; y teniendo en cuenta los medios y las posibilidades económicas con que cuenta el Municipio, se considera que puede ser una forma adecuada de realizarlo la encomienda de gestión en base al 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se considera medio propio de este Ayuntamiento.

Primero. La realización de las obras de Consolidación de muros y pavimentos originales en el Poblado Íbero del Cerro de la Cruz, en el Municipio de Almedinilla, se hará por encomienda de gestión a la empresa pública municipal Desarrollo de Almedinilla, S.L.U.

Segundo. Esta encomienda de gestión se hace por razones de eficacia y porque no se poseen los medios técnicos ni personales idóneos para su desempeño, contando la empresa pública municipal con ambos requisitos.

Tercero. La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos en su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

Cuarto. La obra objeto de encomienda será la ejecución de las obras de Consolidación de muros y pavimentos originales en el Poblado Íbero del Cerro de la Cruz (obras arqueológicas).

Quinto. El plazo de vigencia de la encomienda de gestión será hasta que finalice la obra.

Sexto. La naturaleza de la encomienda de gestión será la propia de la ejecución de los trabajos citados anteriormente.

Séptimo. El alcance de la gestión encomendada será el de la ejecución de las obras objeto de encomienda.

Octavo. La encomienda faculta a Desarrollo de Almedinilla, S.L.U, a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

Obras arqueológicas de consolidación de muros y pavimentos originales en el Poblado Íbero del Cerro de la Cruz, de acuerdo con la memoria técnica redactada por los servicios técnicos municipales.

Noveno. Esta encomienda de gestión se hará por acuerdo expreso entre este Ayuntamiento y Desarrollo de Almedinilla, S.L.U. Para que el Acuerdo sea válido se deberá incluir expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada en virtud del artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décimo. Publicar el instrumento de formalización y la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, y en la en la sede electrónica de este Ayuntamiento, a los efectos de los artículos 11.3.a), párrafo primero, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno».

Así se publica a los efectos de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Almedinilla a 31 de enero de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Jaime Castillo Pareja.

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