Boletín nº 34 (19-02-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 539/2020

EXTRACTO DEL ACUERDO DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2020 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA -CÓRDOBA PARTICIPATIVA- DURANTE EL AÑO 2020

BDNS (Identif.): 496329

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Municipios y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Córdoba, con la exclusión del municipio de Córdoba capital.

Segundo. Objeto y finalidad

Apoyar técnica y económicamente a los Ayuntamientos y las Entidades Locales Autónomas para el desarrollo de proyectos y actuaciones realizados o pendientes de realizar durante el año 2020, dirigidos a fomentar la participación de los vecinos y vecinas en las políticas públicas municipales, implicación ciudadana en la ejecución de la mismas y en el fomento y el fortalecimiento del asociacionismo, contribuyendo a conseguir el objetivo de desarrollo sostenible 16.7, de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

No se admitirán proyectos de carácter plurianual, deben estar finalizados a 31.12.2020.

La finalidad de la presente convocatoria es incentivar y fortalecer un Gobierno participativo que favorezca el derecho de la ciudadanía a participar activamente en la conformación de políticas públicas y les permita beneficiarse del conocimiento y experiencia de los ciudadanos y ciudadanas.

No son subvencionables los proyectos que se hayan acogido a cualquier otra subvención de la Diputación de Córdoba o de su Sector Público Institucional, actividades cuyo objeto sea exclusivamente materia propia de otras Delegaciones, las verbenas y cabalgatas, las de carácter docente, aquellas actividades previstas en los planes de enseñanza, la adquisición de equipamiento, y las actividades y proyecto genéricos cuyo presupuesto esté sin desglosar.

La presentación del proyecto (modelo orientativo Anexo II) es un requisito imprescindible y se deberá de realizar dentro del plazo de presentación de solicitudes de la Convocatoria, que no cabe subsanar con una presentación posterior, la no presentación del proyecto supone la exclusión de la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Municipios y Entidades Locales Autónomas para el desarrollo de Proyectos de Participación Ciudadana ¿Córdoba Participativa- durante el año 2019 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de Participación Ciudadana de la Delegación de Consumo y Participación Ciudadana.

https://www.dipucordoba.es/ayuntamientoselasparticipacion

Cuarto. Cuantía

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 200.000 €.

El importe de las subvenciones será como máximo del 75% del coste total de la actividad. Sólo se podrá presentar una única solicitud. La cuantía que se conceda no podrá superar la cantidad de 3.500 euros.

Se establece el pago anticipado de la cuantía otorgada, excepto si la actividad ya ha sido realizada, en cuyo caso el pago se realizará previa justificación de la misma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se presentarán a través de los formularios habilitados en la sede electrónica de la web de la Diputación de Córdoba, que incluirá todos los apartados que se recogen en el Anexo I de la convocatoria, debiendo acompañarse del proyecto para el que se solicita la subvención, con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá el detalle de la actividad para la que se solicita la subvención, conforme al esquema orientativo del Anexo II. Solo podrá presentarse una solicitud por Entidad Local, y proyecto o actividad para la que solicita la subvención, con presupuesto desglosado de ingresos y gastos.

El presente documento lo firma electrónicamente Rafael Llamas Salas, Diputado Delegado de Cohesión Social, Consumo, Participación Ciudadana y Protección Civil en Córdoba, a 17 de febrero de 2020.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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