Boletín nº 36 (21-02-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 488/2020

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 27 de enero de 2020, cuyo acta obra aún en borrador, a expensas de su aprobación definitiva, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

5. Aprobación inicial, en su caso, del Estudio de Detalle de la Manzana 8 de PP-R1.

Resultando que el documento de PP-R1 se encuentra aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 16 de marzo de 2006.

Posteriormente se tramita una Modificación puntual de artículos de las Ordenanzas del Plan Parcial del Sector R1 de Pozoblanco, aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2006.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno celebrada el día 20 de junio de 2006 aprobó definitivamente el expediente de delimitación de dos unidades de ejecución en el PP-R1, quedando dicha manzana incluida parcialmente en el ámbito de ambas unidades, esto es, una superficie de 879,75 m² con frente a c/ Baena dentro de la UE-1 ya desarrollada y el resto de la manzana, con una superficie de 2.578,47 m², en el ámbito de la UE-2, pendiente de desarrollo urbanístico.

Resultando que el instrumento de reparcelación y el proyecto de urbanización de la UE-1 se aprobaron definitivamente en sesión plenaria celebrada el día 27 de febrero de 2007 y recepcionada dicha urbanización por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 11 de marzo de 2010, por lo que las parcelas incluidas en el ámbito de esta unidad tienen condición de solar.

Visto el informe técnico emitido por la Arquitecta Municipal de fecha 21 de noviembre de 2019, en el que se concluye que el Estudio de Detalle presentado se adecua a la normativa urbanística de aplicación, por cuanto el objeto estricto del mismo es la ordenación de volúmenes de la Manzana 8 del Sector de suelo urbano y urbanizable ordenado R1, y no contempla modificación del uso urbanístico del suelo, incremento del aprovechamiento urbanístico, reducción o supresión del suelo dotacional, ni altera las condiciones de la ordenación de los terrenos o construcciones colindantes, conforme establece el artículo 15 de la LOUA, en concordancia con lo establecido en el artículo 65 del Reglamento de Planeamiento (Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio), y que el contenido documental se ajusta al requerido en el artículo 66 del citado Reglamento.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Obras de fecha 27 de noviembre de 2019.

Visto el informe jurídico emitido por la Secretaria de Corporación de fecha 27 de diciembre de 2019, en cuanto a la legislación aplicable y procedimiento a seguir para la aprobación del Estudio de Detalle.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la Manzana 8 del PP-R1, al amparo de lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, procediendo a la suspensión, por el plazo máximo de 1 año, del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas supongan modificación del régimen urbanístico vigente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la LOUA. La presente suspensión se extingue, en todo caso, con la publicación de la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento.

Segundo. Que se someta el expediente a información pública, por plazo de veinte días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los periódicos de mayor circulación de la misma y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (a tal efecto será igualmente objeto de publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento).

Tercero. Notificar el presente acuerdo a cuantos figuren como propietarios, comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle.

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo al Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios y a la Oficina Técnica de Obras, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pozoblanco, 12 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.

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