Boletín nº 37 (24-02-2020)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 585/2020

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de enero de 2020, aprobó inicialmente el PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACIÓN Y EMPLEO CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA PROVINCIAL ANTE EL RETO DEMOGRÁFICO (Ejercicio 2020).

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, este acuerdo de aprobación quedó expuesto al público durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente, también hábil, al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 17, de fecha 27-01-2020, al objeto de que pudieran formularse alegaciones y reclamaciones.

Transcurrido dicho plazo, y al no haberse presentado ninguna, se entiende definitivamente aprobado el Programa, publicándose a continuación para su desarrollo, en atención a lo dispuesto por la Ordenanza reguladora de Concertación (BOP nº 50, de 15 de marzo de 2016).

PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACIÓN Y EMPLEO CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA PROVINCIAL ANTE EL RETO DEMOGRÁFICO (Ejercicio 2020)

Preámbulo:

El Plan Provincial de Concertación y Empleo de la Diputación Provincial de Córdoba con los municipios y entidades locales autónomas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ordenanza reguladora de Concertación de la Diputación de Córdoba con las Entidades Locales de la Provincia (BOP nº 50, de fecha 15 de marzo de 2016), en adelante normativa provincial, se desarrollará mediante programas anuales que quedarán recogidos en convenios específicos a suscribir entre la Diputación Provincial y cada entidad local destinataria, y que incluirán en su caso, el contenido de las actuaciones pactadas. Dichos convenios específicos expresarán la voluntad política de las partes de desarrollar conjuntamente las actuaciones que correspondan para la realización de inversiones, actividades y servicios municipales que satisfagan necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para asegurar la prestación integral y adecuada de las competencias propias municipales en la totalidad del territorio provincial. Particularmente dichos convenios se regularán de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del Título Preliminar de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En el ejercicio de la potestad reglamentaria, la Diputación Provincial actuará de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, seguridad jurídica, proporcionalidad, transparencia y eficiencia de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales.

La aprobación del programa anual de concertación y empleo con los municipios y entidades locales autónomas en el marco de la estrategia provincial ante el reto demográfico correspondiente al ejercicio 2020, queda regulado en la presente resolución anual de propuestas priorizadas, según las disposiciones que se acompañan, y en todo caso a lo establecido en la normativa provincial de referencia, teniendo además como misión contribuir al desarrollo de políticas que apuesten por la fijación de la población al territorio y que eviten, de la mano del resto de administraciones, el éxodo de los pueblos a los grandes núcleos de población. Se trata de un objetivo de trabajo conjunto para ofrecer, a todos y cada uno de los municipios de la provincia de Córdoba, infraestructuras y servicios de calidad, además de la puesta en valor de economías, tradicionales y emergentes, que permitan la creación de ecosistemas de valor añadido en los núcleos rurales.

Asimismo, debemos señalar, que la Diputación Provincial impulsa la asistencia a las Entidades Locales, a través de otros planes provinciales de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal con normativa estatal o autonómica propia, y ante ello, insta a las entidades locales a reasignar actuaciones que, por su importe, dificultad técnica u otros condicionantes no fuesen susceptibles de recibir asistencia económica en el presente programa.

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el programa anual de concertación y empleo con los municipios y entidades locales autónomas en el marco de la estrategia provincial ante el reto demográfico correspondiente al ejercicio 2020, que permitirá la asistencia económica en la realización de inversiones, actividades y servicios de competencia propia municipal, ejecutadas por la Diputación Provincial o por las entidades locales beneficiarias desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

No podrán ser destinatarias de este programa, aquellas entidades locales en quienes concurran algunas de las circunstancias señaladas en el artículo 4 de la normativa provincial. No obstante, y de acuerdo con el apartado 4º bis del artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, no se les exigirá estar al corriente en sus obligaciones tributarias con cualquier administración o con la Seguridad Social.

Segunda. Ámbito de aplicación

El programa anual de concertación y empleo de 2020, continuará creando un espacio de trabajo común en el territorio, que de acuerdo a la información recabada de las entidades locales en ejercicios anteriores y a las orientaciones establecidas en:

" Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y su integración en las Agendas Multinivel;

" En la necesidad de prestar especial atención a las zonas rurales, según lo fijado en el artículo 174 del Tratado del Funcionamiento de la Unión Europea;

" En las Directrices Generales de la Estrategia Nacional Frente al Reto Demográfico;

" Y a lo enunciado en el Plan Estratégico de la Provincia de Córdoba 2011-2020, que pretende:

impulsar el equilibrio y la vertebración territorial de la provincia mediante políticas que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos en estrecha colaboración con las iniciativas municipales, apostando por el desarrollo sostenible municipal, la calidad de los servicios públicos, la inversión en infraestructuras y la incorporación a las tecnologías de la información y el conocimiento, de manera que se consolide un mejor uso de los recursos propios y la atracción de nuevas actividades económicas a una sociedad participativa, dinámica, comprometida con lo propio y con un futuro respetuoso con la naturaleza.

Tercera. Ámbitos de colaboración y financiación

A partir del objetivo definido en la disposición anterior, la Diputación Provincial y las entidades locales beneficiarias, trabajarán en políticas públicas con ámbitos competenciales de colaboración y financiación integrados y orientados a dotar a los pueblos y ciudades de la Provincia, especialmente a los de menor población, capacidad económica y de gestión, de instrumentos que garanticen el ejercicio íntegro de las competencias propias en las materias que se indican en el Anexo 1 de este Plan.

Cuarta. Financiación, criterios objetivos de distribución de los recursos y ponderación de los mismos

La financiación de la ayuda económica aportada por la Diputación Provincial se realizará con cargo a los créditos consignados en el presupuesto consolidado de 2020, ascendiendo la cuantía total máxima a 10.000.000.- euros, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:

Aplicación presupuestaria

Importe

291 9432 46200 Plan contra el Despoblamiento y el Desempleo

10.000.000 euros

La anterior aplicación presupuestaria, de acuerdo con la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, será susceptible de modificación presupuestaria por crédito extraordinario con anterioridad a la resolución definitiva del programa anual, motivadas por la tipología de las intervenciones solicitadas por las entidades locales participantes.

Conforme a la información recabada de los municipios y entidades locales autónomas en ejercicios anteriores, se han fijado los criterios básicos para la priorización de propuestas, estableciéndose el importe global a destinar a cada entidad beneficiaria dentro del programa anual de concertación y empleo de 2020.

Los criterios de valoración para las prioridades políticas en función de la naturaleza de la inversión, actividad o servicio público perseguido garantizan el cump

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