Boletín nº 38 (25-02-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Málaga

Nº. 452/2020

Juzgado de lo Social Número 2 de Málaga

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 64/2019. Negociado: E2

De: D. Manuel Antonio García Martín

Abogado: D. Francisco Juan Sánchez Luque

Contra: FOGASA, Emvitec Soluciones, S.L. y Global Tecnología y Mantenimiento, S.L.

 

DON FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ GÓMEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÁLAGA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 64/2019, a instancia de la parte actora D. Manuel Antonio García Martín contra FOGASA, Emvitec Soluciones, S.L. y Global Tecnología y Mantenimiento, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Decreto nº 2/2020

Letrado de la Administración de Justicia D. Francisco José Martínez Gómez. En Málaga, a 7 de enero de 2020.

Antecedentes de hecho

Primero. Manuel Antonio García Martín ha presentado demanda de ejecución frente a FOGASA, Emvitec Soluciones, S.L. y Global Tecnología y Mantenimiento, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha xxxx por un total de xxx en concepto de principal.

Tercero. Por el Juzgado de lo Social Nº 13 de Málaga mediante Decreto de fecha 2/09/19 dictado en los autos de ejecución núm. 11/19 se ha declarado al ejecutado en situación de insolvencia provisional.

Cuarto. Ha transcurrido el plazo concedido a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que se hayan designado nuevos bienes o derechos del deudor susceptibles de embargo.

Parte dispositiva

Acuerdo:

a) Declarar al/a los ejecutado/s Emvitec Soluciones, S.L. con CIF: B14961569 y Global Tecnología y Mantenimiento, S.L., con CIF: B56036361, en situación de Insolvencia Total por importe de 24.203,25 euros en concepto de principal mas la cantidad de 3.933,02 euros para intereses y costas que prudencialmente se tasan, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que se haga constar la declaración de insolvencia.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a las demandadas Emvitec Soluciones, S.L. y Global Tecnología y Mantenimiento, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 8 de enero de 2020. Firmado electrónicamente: El Letrado de la Administración de Justicia, Francisco José Martínez Gómez.

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