Boletín nº 42 (03-03-2020)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 536/2020
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 905/2019. Negociado: 04
De: Dª. María del Carmen Expósito Romero
Abogado: D. Fernando Lozano Pérez
Contra: Azul Violeta 2015 S.L. y Fondo de Garantía Salarial
DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 905/19, a instancia de Dª María del Carmen Expósito Romero contra Mercantil Azul Violeta 2015 S.L., sobre Despido se ha dictado Sentencia nº 33/20, de fecha 23/01/2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda de Fernando Lozano Pérez contra Azul Violeta 2015, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial:
1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 1-7-2019; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.
2º. Condeno solidariamente a las empresas al pago de las siguientes cantidades:
** 35.441,47 € en concepto de indemnización.
** 8.710,24 € en concepto de salarios de tramitación.
3º. Absuelvo al FOGASA sin perjuicio de su responsablidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, entro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander, Oficina Avenida Conde Vallellano nº 17 de Córdoba, en la cuenta 1445.0000.65.905-19, la cantidad objeto de condena y el depósito de 300 €.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de la Sentencia dictada a la demandada Azul Violeta 2015 S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 10 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.