Boletín nº 47 (10-03-2020)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 779/2020
EXTRACTO DEL ACUERDO DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2020 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA, POR EL QUE
SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
A ASOCIACIONES QUE DESARROLLEN PROYECTOS,
PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
-CÓRDOBA PARTICIPATIVA- DURANTE EL AÑO 2020
BDNS (Identif.): 498901
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarias
Asociaciones que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Córdoba a 31.12.2019 y tengan sede en la provincia de Córdoba.
Segundo. Finalidad
La financiación de aquellos proyectos realizados o pendientes de realizar por Asociaciones durante el año 2020, cuya finalidad sea fomentar la participación ciudadana en los municipios de la provincia de Córdoba para la promoción y desarrollo de actividades y proyectos relacionadas con la participación ciudadana, dirigidos a:
" Impulsar las formas directas de participación ciudadana que complementen a los gobiernos locales.
" Fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos, mediante mecanismos participativos (foros de deliberación, encuestas, sondeos).
" Potenciar el tejido social y vecinal como instrumento para formar una ciudadanía comprometida con su municipio, en la gestión municipal, políticas municipales, medio ambiente y desarrollo sostenible.
" Promover la dinamización de la vida colectiva de los municipios y sus aldeas o núcleos de población diseminados.
" Impulsar la participación ciudadana como instrumento para fortalecer la cultura democrática.
Quedan expresamente excluidos aquellas actividades/proyectos que se hayan acogido a cualquier otra subvención de la Diputación de Córdoba o de su Sector Público Institucional, actividades cuyo objeto sea exclusivamente materia propia de otras Delegaciones, aquellas que atenten contra valores cívicos universales, las verbenas, cabalgatas y fiestas populares, las de carácter docente previstas en los planes de enseñanza, las celebraciones y viajes, gastos de representación y desplazamiento, incluidos alojamiento y manutención fuera del ámbito provincial, las actividades cerradas o que limiten la participación o que pretendan el disfrute del proyecto subvencionado exclusivamente a miembros de la asociación solicitante, las de carácter religioso, sindical y político, proyectos con carácter plurianual, cuya ejecución exceda del periodo anual que se establece en la convocatoria, actividades y/o proyectos de Asociaciones que tengan suscrito o en trámite, un Convenio nominativo con la Diputación o de su Sector Publico Institucional.
La presentación del proyecto (modelo orientativo Anexo II) es un requisito imprescindible y se deberá de realizar dentro del plazo de presentación de solicitudes de la Convocatoria, que no cabe subsanar con una presentación posterior, la no presentación del proyecto supone la exclusión de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones que desarrollen Proyectos, Programas y Actividades de Participación Ciudadana en la provincia de Córdoba durante el año 2020 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de Participación Ciudadana de la Delegación de Consumo y Participación Ciudadana:
https://www.dipucordoba.es/asociacionesycolectivosdelaprovincia.
Cuarto. Cuantía
El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 160.000,00 €.
La cuantía máxima a subvencionar no podrá superar la cantidad de 1.500 €. En los supuestos en que el proyecto prevea la participación en 2 o más municipios, se podrá otorgar un importe de hasta 2.000 €. En todo caso el importe máximo subvencionable no podrá sobrepasar el 75% del presupuesto total de la actividad.
Se establece el pago anticipado de la cuantía otorgada, excepto si la actividad ya ha sido realizada, en cuyo caso el pago se realizará previa justificación de la misma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Sexto. Otros datos
Las solicitudes se presentarán a través de los formularios habilitados en la sede electrónica de la web de la Diputación de Córdoba, que incluirá todos los apartados que se recogen en el Anexo I de la convocatoria, debiendo acompañarse del proyecto para el que se solicita la subvención, con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá el detalle de la actividad para la que se solicita la subvención, conforme al esquema orientativo del Anexo II. Solo podrá presentarse una solicitud por Asociación, un presupuesto desglosado de ingresos y gastos de la actuación y/o actividad para la que solicita subvención.
El presente documento lo firma electrónicamente, Rafael Llamas Salas, Diputado Delegado de Cohesión Social, Consumo, Participación Ciudadana y Protección Civil.
Córdoba a 5 de marzo de 2020. Firmado electrónicamente: El Diputado Delegado de Cohesión Social, Consumo, Participación Ciudadana y Protección Civil, Rafael Llamas Salas.