Boletín nº 51 (16-03-2020)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 673/2020

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 139/2019. Negociado: PL

De: Dª. Anyela Vanessa Ramírez Peralta

Abogado: D. Octavio Mengual García 

Contra: D. Francisco José Suárez Díaz, Perfumevip S.L., Herederos de José Luis Suárez S.L.U., Suárez Salazar S.L., Nikoping Develops S.L., Jara División S.L., Cantauris Perfums S.L., Indusuar S.L., Cuenca Hermanos S.L., Compañía Regional de Autoservicios S.A., Perfumerías de Cádiz S.A., Norperfum S.L., Gestión y Selección de Personal ETT S.L., Laboralia ETT S.L., Fogasa y Senseperfum S.L.

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 139/2019, se ha acordado citar a Nikoping Develops S.L. y Norperfum S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezcan el próximo día 20 de mayo de 2020, a las 10:30 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Isla Mallorca s/n, Bloque A, Planta 1ª CP 14011, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Confesión Judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Nikoping Develops S.L. y Norperfum S.L., extiendo el presente.

Asimismo en la Pieza de Medidas Cautelares 139.1/19 con fecha 07/03/19 se ha dictado auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acceder a la medida cautelar instada por Dña. Anyela Vanessa Ramírez Peralta en el segundo otrosí de su demanda, consistente en el embargo preventivo por vía telemática de las devoluciones de la AEAT y de las cuentas bancarias de las sean titulares las codemandadas Francisco José Suárez Diaz, Senseperfum S.L, Perfumevip, S.L, Jara Division S.L., Cuenca Hermanos S.L., Herederos De José Luis Suarez, Slu, Nikoping Develops S.L., Suarez Salazar S.L., Cantauris Perfums, S.L., Indusuar, S.L., Compañía Rgional De Autoservicios S.A., Perfumerías De Cádiz, S.A., Norperfum S.L. para cubrir la cantidad de 4.564, 34 € (CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS) sin perjuicio de lo que pueda resolverse en la sentencia que ponga fin al pleito principal. Se embarga a todos con la salvedad de que siendo responsabilidad solidaria, en el momento en que se asegure la cantidad objeto de posible condena, se parará el embargo, y se devolverá el exceso permaneciendo en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado de las primeras que tenga entrada por fecha de ingreso.

Notifíquese a las partes personadas la presente resolución haciéndole saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado y en el plazo de 3 días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma Dña. María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez titular de este Juzgado de lo Social Cuatro de Córdoba.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Córdoba, a 17 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

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